jueves, 14 de septiembre de 2017

Bonos de Fidelización para afectados por la resolución del Popular


Banco Santander ha lanzado una acción comercial con la finalidad de fidelizar a clientes minoristas de Banco Santander y Banco Popular. Los clientes que reúnan determinadas condiciones y se hayan visto afectados por la resolución de Banco Popular podrán recibir, sin desembolso alguno por su parte, valores negociables emitidos por Banco Santander por un importe nominal equivalente a la inversión en acciones, con ciertos límites, de las que eran titulares a la fecha de la resolución de Banco Popular.
Requisitos: Haber adquirido acciones de Banco Popular en el periodo comprendido entre el 26 de mayo de 2016 y el 21 de junio de 2016. Conservar depositadas en Banco Santander, Banco Popular las referidas acciones en el momento de la resolución de Banco Popular; y mantener, cuando se entreguen los bonos una relación comercial con Banco Santander, y Banco Popular equivalente a la que tenían en el momento de adquisición de las acciones.
Importe a compensar: El importe invertido en la adquisición de las acciones de Banco Popular durante el Periodo Relevante que mantuviese depositadas en Banco Santander, Banco Popular en el momento de la resolución de Banco Popular.
Importe máximo a compensar: Entre 100 y 100.000 euros el 100% Entre 100.001 y 500.000 euros el 75% Entre 500.001 y 1.000.000 euros el 50% Más de 1.000.000 euros 0%
Valores a entregar: Se realizará la entrega al cliente, sin desembolso alguno por su parte, de obligaciones perpetuas contingentemente amortizables de Banco Santander, de 100 euros de valor nominal.
Cupón: Los Bonos de Fidelización devengarán un cupón en efectivo, discrecional, no acumulativo, pagadero por trimestres vencidos, calculado a un tipo de interés nominal anual y hasta el séptimo año, del 1% sobre el valor nominal vivo en cada periodo de remuneración (trimestral).
Los Bonos de Fidelización son valores perpetuos. No obstante, podrán amortizarse totalmente (y no de forma parcial), a voluntad de Banco Santander, con autorización previa del Banco Central Europeo, en cualquiera de las fechas de pago del cupón, transcurridos siete años desde su emisión.
En cualquier caso, los afectados se comprometen a no iniciar acciones judiciales contra Banco Santander, y si éstas ya están planteadas, deberán de retirarlas.
UGT se reserva hacer una valoración sobre este producto, la elección o no del mismo lo dejamos dentro del ámbito individual de cada empleado o familiar afectado.
Fundamentalmente nos preocupan estas dos cosas referente a los trabajadores: 
UGT va a estar especialmente atento a estas situaciones y no vamos a permitir que después de lo que hemos pasado (ampliaciones de capital, ERE, disolución del BANCO..etc ), se vuelvan a repetir comportamientos abusivos. 
No es momento de hacer falsos méritos para contentar a los futuros jefes a costa de la salud de los empleados. Es momento de ser empático con la plantilla, por lo que tomaremos las acciones oportunas si detectamos que se está incumpliendo la normativa legal. 
UGT estará siempre al lado de los trabajadores. Es urgente y necesario que no dejéis de comentarnos cualquier tipo de situación que pudiera darse en este sentido, para poder poner solución a tiempo.

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