lunes, 30 de noviembre de 2015

Desmontando la gran mentira del Flexi-working en el Santander

  • La jornada flex establece una banda flexible de entrada y de salida del equipo de lunes a jueves (entrada entre las 8 horas y las 10horas, y salida entre las 17 horas y las 19 horas). Todos sabemos que, por desgracia, lo general es entrar a las 8h y salir cerca de las 20h.
  • El banco también ha pensado en el flex friday. Así, los empleados podrán entrar antes o después de las 8 horas y salir cumplidas las 6,5 horas laborales (de 8.00 horas a 14.40 horas). ¡Será en servicios centrales!, porque en una oficina universal, que es donde más empleados hay, si se cierra a las 14h30’ al público es imposible salir a esa hora. ¿Y que pasa a las oficinas de dos empleados y de uno?
  • Se han fijado los "flex days", en los que los miembros del equipo, previa notificación, pueden trabajar en remoto, sin perjudicar las necesidades de negocio. De momento todo es ciencia ficción.
  • Existirán las vacaciones flex, fórmula para “desestacionalizar los días de vacaciones anuales”. Nos conformaríamos con que a nadie se le ponga pegas para realizar sus vacaciones que están aprobadas en cuadro. Todo lo demás son milongas.
  • Se podrán comprar un máximo de 5 días libres, no remunerados que serán descontados de la nómina. Insistimos en el punto anterior, si ya ponen pegas para hacer los 24 días legales y los cuatro días de licencia. Todo lo demás es hablar por no callar.
  • Las reuniones deben ser ágiles, eficientes, y que se celebren antes de las 18.00 horas. Ya se está dando por sentado la ilegalidad de la jornada mientras no se lleve un registro horario de ésta.
  • Las reuniones virtuales deben ser una posibilidad. En este punto, estamos totalmente de acuerdo.
  • Los períodos de mayor carga de trabajo se compensarán con días o tardes libres en los momentos en los que no haya tanto. ¿Cómo que tardes libres? Que sepamos, la jornada que rige a la mayor parte de la plantilla es la de 8h a 15h30’. Y además seguimos redundando en lo que ya decimos de las vacaciones, sobre las pegas y reparos que se pone a las que ya están aprobadas en cuadro y a la realización de los 4 días de licencia.
  • Las ventajas para los beneficiarios de una medida de flexibilidad en ningún caso debe suponer un perjuicio manifiesto para el resto del equipo. Sin la suficiente dotación de plantillas, aún sin quererlo, el perjuicio está asegurado.
  • La adecuada cobertura de las necesidades de servicio y atención al cliente deben estar garantizadas siempre. Este último punto, es todo un insulto, tanto a la plantilla como a la clientela. Tener el déficit de plantilla que tenemos, el cual causa malestar a los clientes y un alto estrés a los empleados es totalmente incompatible con lo que se dice.

De entrada, para poder hablar de flexibilidad es necesario implantar lo que la ley y el Convenio establece, que no es otra cosa que el control horario de todos y cada uno de los empleados. Sólo así, se podrá hablar con propiedad de flexibilidad dentro del tope legal de las 1.700 horas anuales y de las 80 horas extraordinarias como máximo.
Hablar de las bondades del Flexi-working en nuestra empresa sin modificar los hábitos de los responsables y sobre todo dotar de plantilla suficiente, es cuanto menos de necios.


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