sábado, 26 de septiembre de 2015

Formación, de obligado cumplimiento

La formación a lo largo de la vida de los trabajadores debe perseguir el fin de mejorar su capacitación profesional y desarrollo personal. Este deberá ser por tanto, también el primer fin que busque la empresa con las distintas actividades formativas que ofrezca a sus empleados.

Visto así resulta una obligación para la empresa y un derecho del trabajador. Sin embargo, en el ámbito de nuestro Sector hay una serie de actividades formativas “de obligado cumplimiento” y que la empresa debe proporcionarnos. El fin es garantizar que los empleados tengamos los conocimientos suficientes para desempeñar nuestras funciones, que el cliente y la empresa cumplan sus expectativas y evitar posibles reclamaciones por mala praxis.
Resulta obvio, en estos casos que será la empresa la que nos deberá procurar los medios suficientes para que podamos realizar estas acciones formativas, por supuesto siempre dentro de nuestra jornada laboral.
Desde el Área de Tecnología y Operaciones, UCIR, se están dirigiendo a los
responsables de zona y/o las oficinas para indicar en detalle qué personal de su ámbito tiene sin realizar cursos de obligado cumplimiento. En dichas comunicaciones, se pone el énfasis en el riesgo reputacional y económico para la empresa ante la no realización de dichas actividades formativas. Lamentablemente a continuación, se indica la posibilidad de penalización en la evaluación individual del empleado.
Es necesario aclarar que, si bien el empleado está obligado a la realización de los cursos, la primera obligación recae en la empresa, que debe proporcionar los medios.
Es indignante, que se nos amenace con una corrección negativa en la evaluación individual, como si nos estuviéramos negando a realizar la formación, cuando en realidad lo que sucede en la inmensa mayoría de los casos, es que nos vemos imposibilitados a su realización POR UNA PLANTILLA MERMADA, al priorizar la correcta atención a los clientes y las responsabilidades que tenemos encomendadas en la sucursal o departamento.
UCIR y los responsables de zona deberían preocuparse de cuales son los problemas con los que nos encontramos para la realización de los mencionados cursos, en lugar de amenazar ante la no realización de los mismos. Eso sería sin duda, más SIMPLE, PERSONAL Y JUSTO. 
Desde UGT queremos indicaros que en caso de amenaza o recepción de algún escrito de este tipo, manifestéis expresamente vuestra disposición a su realización, demandando que por parte de vuestro inmediato superior, se os indique el modo y momento para la correcta realización del curso sin que interfiera en el desenvolvimiento de la actividad cotidiana de vuestro puesto de trabajo. No se trata de realizar la formación como si se tratara de un videojuego en el que matamos marcianos, si no de un verdadero aprovechamiento y adquisición de conocimientos imprescindibles para nuestra labor y función.

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