miércoles, 23 de septiembre de 2015

El Gabinete Jurídico de UGT de Catalunya gana la primera sentencia que obliga el estado a revalorizar las pensiones

El Juzgado de lo Social número 12 de Barcelona reconoce que, la medida de no incrementar las pensiones en un equivalente anual del IPC, no resuelve el problema de la crisis y contribuye a la precarización y empobrecimiento de las pensiones.

Con el pretexto de la crisis, el RDL 28/2012 se dejo de aplicar el artículo 48.1 de la Ley General de Seguridad Social que obligaba la Administración a incrementar las pensiones en un equivalente anual al IPC. El RDL 28/2012 fijaba este incremento en un 1%, mientras que el IPC del 2012 era del 2,9%. A través del Gabinete Jurídico de la UGT de Catalunya, un colectivo de unos 300 pensionistas llevaron su denuncia a los tribunales mediante demandas individuales.
Después de superar varias trabas sobre la constitucionalidad, el Tribunal Consitucional analizó el tema de la retroactivitad y, a grandes rasgos, consideró que la revalorización legal de las pensiones es una expectativa de derecho, no un derecho consolidado. Aún así, la sentencia del Constitucional no hacía referencia a la adecuación de la Carta Social Europea, motivo por el cual el Gabinete Jurídico de la UGT de Catalunya mantuvo las demandas pendientes, centrándolas en un único punto: obligar la RDL 28/2012 a respetar la normativa comunitaria y los tratados internacionales; y el respecto al artículo 12 de la Carta Social Europea y el Convenio OIT nº102.
Varias sentencias del Juzgado Social han reconocido que esta normativa nacional tendría que respetar la Carta Social Europea, pero han acabado declarando que ni precarizaba las pensiones ni afectaba el nivel medio de pensiones públicas que rozan o no superan el umbral de la pobreza.
Ahora, el Juzgado Social número 12 de Barcelona da la razón al Gabinete Jurídico de la UGT y declara que la rebaja en el incremento de las pensiones de 2012 vulnera la Carta Social Europea. Es decir, que el RDL 28/2012 atenta contra el artículo 12 de la Carta Social Europea -en concordancia con el Convenio OIT n.102- y que ante esta confrontación prevalece la norma comunitaria. Esta sentencia dicta que la medida del Gobierno no concreta ni detalla con qué medida contribuirá a resolver el problema de la crisis y que, por el contrario, afecta de forma sustancial al nivel de las pensiones, contribuyendo a su precarización y empobrecimiento, afectando el grado o el promedio de las pensiones estatales que rozan o no superan el umbral de la pobreza.
Este es el resultado de una lucha, prolongada en el tiempo, como resultado de la campaña que UGT puso en marcha a primeros del año 2013 para reclamar la pérdida de poder adquisitivo que los pensionistas padecen tras la aprobación por el gobierno del PP del Real Decreto Ley 28/2012 de 30 de noviembre de 2012 al tiempo que también exigíamos el cumplimiento de la Ley General de la Seguridad Social.
En este blog ya nos hicimos eco de la campaña, publicando 2 "post" uno en fecha 06/12/2012 y otro el 31/01/2013, los cuales puedes consultar "clicando" encima de las fechas. 
Una vez más se demuestra la necesidad de estar afiliado, necesidad que no muere cuando accedemos a la jubilación.

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