domingo, 27 de julio de 2014

Ley de Protección de datos y Productividad

Proteccion de Datos Personales
El artículo.3 .a LO 15/1999 de 13 diciembre 1999,  de Protección de Datos de Carácter Personal,  considera dato de carácter personal cualquier información concerniente a personas físicas identificadas o identificables.
La comunicación de datos relativos a la productividad de los trabajadores a otros trabajadores, ya sea mediante publicación de dichos datos en tablones, o en la intranet, deberá efectuarlo voluntariamente el trabajador (Agencia Española de Proyección de Datos, Gabinete Jurídico, Informe 0529/2009).

Hoy queremos recalcar la ILEGALIDAD de una práctica que algunos/ as directores/as de zona utilizan de forma agresiva e inquisitorial. Es la publicidad en reuniones de grupo de la productividad de cada uno, con nombres y apellidos.
Según los expertos en la materia las empresas sólo pueden utilizar “públicamente” los datos personales propios de la relación laboral: nombre, nº afiliación SS, NIF, etc.,…, pero no los datos de cuanto hace cada uno en cada momento. Para ello necesitan IMPLÍCITAMENTE el consentimiento del trabajador para usarlos ante el resto de trabajadores.
Ya asumimos que, cuando hablamos de una reunión de una oficina en exclusiva, da igual poner nombres que no ponerlos: todos saben de quien se habla.
Pero cuando es una reunión de zona o de lo que sea, sacar a relucir que fulanito hace 2 y que menganita hace 20, como medida de presión o de estimulo, léase como se quiera, es atentar contra la LOPD, si no hay consentimiento expreso de los trabajadores.
Por ello queremos hacer  dos recomendaciones:
  • Si la Dirección  quiere seguir con esas prácticas que las legalice. En caso alternativo que “recomiende” encarecidamente el cese de las mismas a quien las ha hecho, las esté haciendo o, no había caído y se le podría ocurrir hacerlas en cualquier próxima reunión.
  • Aquellos trabajadores que en una reunión se vean en algún papel, intranet o se haga mención a ellos de forma verbal con nombre y apellidos, diciendo lo que han hecho o dejado de hacer, y no estén de acuerdo con ello, que se pongan en contacto con UGT y pasaremos a nuestros servicios jurídicos el nombre del responsable de la reunión a los efectos que se pudieran derivar.
Que en una oficina un trabajador haga más o menos seguros, por ejemplo, puede ser un problema del directivo de esa oficina o de la organización del trabajo en esa oficina, incluso del precio del seguro o de la organización  central de la campaña; pero eso no da derecho a NADIE, a utilizar esa situación, con nombres y apellidos en concreto, como escarnio o como ejemplo negativo.

No hay comentarios:

Publicar un comentario