jueves, 15 de mayo de 2014

Cuadro del valor de la hora extra año 2014

"Clica para agrandar"

¿Qué dice el Convenio Colectivo del valor de las horas extras?

Artículo 20º.- Horas extraordinarias.

6.- Durante la vigencia del presente Convenio, para la determinación del valor de la hora extraordinaria, se partirá de un valor tipo para la hora ordinaria, obtenido computando como dividendo el equivalente a 17,25 pagas (a estos efectos se entiende por paga la integrada por el sueldo más los aumentos por antigüedad, conceptos a) y b) del Artículo 12º). El divisor será la cifra de 1.700.
Para el cálculo del divisor correspondiente al personal con jornada menor de la normal, el divisor anterior se reducirá de acuerdo con la menor duración de la jornada.
Sobre el valor así establecido se aplicará un incremento del 75 por ciento.

A partir de aquí tú mismo/a calcula lo que el banco no te paga. A buen seguro que es un "pastón".

No hay comentarios:

Publicar un comentario