El Estado tiene un claro problema con
la Seguridad Social y la estrategia para el futuro es recaudar más y gastar
menos. Y con esa melodía llega “el pensionazo”.
Una serie de reformas en la cotizaciones que se publicaron en el BOE tras el
último Consejo de Ministros del
año pasado y del que apenas se ha hablado.
La principal modificación es que los
pagos en especie pasan a cotizar. Es decir, los vales de
comida, seguro médico, aportaciones a planes de pensiones…La base de cotización para todas las contingencias y
situaciones amparadas por la acción protectora del Régimen General, incluidas
las de accidente de trabajo y enfermedad profesional, estará constituida por la
remuneración total, cualquiera que sea su forma o denominación, tanto en
metálico como en especie, que con carácter mensual tenga derecho a percibir el
trabajador o asimilado, o la que efectivamente perciba de ser ésta superior,
por razón del trabajo que realice por cuenta ajena. Las percepciones de vencimiento
superior al mensual se prorratearán a lo largo de los doce meses del año. Todas esas cosas que
hasta ahora no pagaban a la Seguridad Social ahora sí. Sin más.
Únicamente no se
computarán en la base de cotización los siguientes conceptos:
a) Las asignaciones para gastos de locomoción del trabajador que se
desplace fuera de su centro habitual de trabajo para realizar el mismo en lugar
distinto, cuando utilice medios de transporte público, siempre que el importe
de dichos gastos se justifique mediante factura o documento equivalente.
b) Las asignaciones para gastos de locomoción del trabajador que se
desplace fuera de su centro habitual de trabajo para realizar el mismo en lugar
distinto, no comprendidos en el apartado anterior, así como para gastos
normales de manutención y estancia generados en municipio distinto del lugar
del trabajo habitual del perceptor y del que constituya su residencia, en la
cuantía y con el alcance previstos en la normativa estatal reguladora del
Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas.
c) Las indemnizaciones por fallecimiento y las correspondientes a
traslados, suspensiones y despidos.
Aunque a los
trabajadores les afecta en un porcentaje bajo, para las empresas es un 31% más
que deberán pagar por estos conceptos, justo cuando se supone que deberíamos
estar bajando los costes laborales (si no es a costa de la empresa lo será a
través del trabajador, sueldos más bajos).
Todo esto va muy emparejado a la
reforma silenciosa de las pensiones, que ya comentamos por aquí: estamos pasando de un sistema de pensiones contributivo a uno
asistencial. En 2013 la pensión máxima era 35.673 euros y la
contribución máxima era 43.164 euros. ¿Y qué ha pasado en 2014? Pues
que la pensión máxima ha aumentado un 0,25% pero la contribución máxima un 5%.
Por tanto si ganas más de la pensión
máxima en realidad estás cotizando de más. Es decir, por pagar más Seguridad
Social no vas a recibir una pensión mayor, no interesa. Y por tanto dichos
trabajadores intentan que las empresas paguen en especie, para pagar menos
Seguridad Social. Pero esto se ha acabado, ahora se pagará Seguridad Social
independientemente del tipo de pago.
Hay dos formas de interpretar esto:
como un aporte solidario para el sostenimiento del sistema; o como una
tendencia a un sistema asistencial (las mínimas suben, las máximas se mantienen
bajas, los límites de contribución se disparan y al final dará igual lo
aportado, la pensión será muy similar para todo el mundo).
El problema de estos cambios es que se
están realizando sin el debate necesario. Más o menos todo el mundo tiene claro
que la pensión depende de lo cotizado, pero si seguimos muchos años con estas
reformas esto no va a ser así. La pensión será asistencial, es decir, todo el
mundo cobrará más o menos lo mismo (y no mucho) y el
que quiera vivir bien que se busque la vida.
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