lunes, 29 de abril de 2013

¿Cómo va la campaña de comprobación de las cartas de la exteriorización de compromisos de pensiones en la red Santander?

Desde el pasado día 8 de abril, primer día en que algunos compañeros empezaron a recibir las cartas comunicando las cuantificación de las aportaciones, tanto por los servicios pasados como las aportaciones futuras, que corresponden a la exteriorización del compromiso de pensiones en la red Banco Santander, esta Sección Sindical está llevando a cabo el servicio a sus afiliados para hacer las comprobaciones pertinentes de los datos que contienen las cartas.
A fecha de hoy, podemos decir que las consultas recibidas, tanto en Catalunya como del resto del Estado, supera ampliamente la centena. Ni que decir tiene que esta situación nos está generando un trabajo enorme, ingente, pero tenemos la satisfacción de estar dando el asesoramiento que necesitan nuestros afiliados y sobre todo el darles la tranquilidad de que los datos son los correctos, o comunicarles que hay algún error o incongruencia en los datos y/o cálculos.
De todo el trabajo que llevamos desarrollado, podemos avanzar que mayoritariamente los datos son correctos. No obstante hemos detectado algún error o incongruencia , que los afiliados afectados han tramitado ya su comunicación a la empresa.
Esta sección sindical, para dar la respuesta adecuada, trabaja con unas herramientas que nos permiten comprobar de primera mano los datos de las cartas.
Además de este trabajo, nuestro empeño ha sido sobre todo el dar las explicaciones de donde vienen las distintas cantidades y como se proyectan en el futuro para poder satisfacer en su momento las contingencias que ampara la póliza de seguro de la externalización.
Como referencias, es básico: 1) comprobar los datos que el banco nos facilita en la ficha al respecto (fecha de nacimiento, fecha de entrada en banca, categoría al 31-12-1987, etc... 2) Cualquier dato que venga en blanco, es susceptible de poder ser el origen de algún error. 3) Cualquier contraste que se solicite a la empresa, ha de estar totalmente documentada. No sirve de nada dudar, por ejemplo de la categoría que teníamos al 31 de diciembre de 1987, si no podemos acreditarla. Tengamos presente, que la custodia de nuestras nóminas no le corresponde al banco sino a nosotros. No podemos exigir a nadie que vele por nuestras cosas, cuando nosotros somos incapaces de hacerlo.
Con todos los datos comprobados, el siguiente paso es comprobar el PE, imprescindible para un correcto cálculo actuarial.
A partir del PE y con la seguridad de que los datos que nos comunican son correctos, podemos ya ver si hay congruencia en las cantidades.
Ningún afiliado debe de quedarse con dudas, no os cortéis y contactar con nosotros para que podamos prestar la atención que necesitáis. Todavía tenéis tiempo.
Por lo que respecta a la red de Banesto, en cuanto se empiecen a recibir las cartas, estaremos igual a disposición de los afiliados.

95 comentarios:

  1. Hola buenas tardes :
    Suponiendo que hoy cumpliese 63 años, pasase a cobrar de la S.S.
    un salario bruto anual de 30.000 euros y mi salario pensionable es de
    40.000 euros previo al pase a la S.S.
    Teniendo ya mi plan de pensiones capitalizado totalmente y disponible (por tener ya 63 años) con un montante total de 100.000 euros y siendo mi PE del 20% que importe mensual me asignaría la Cia. de seguros.? Gracias

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  2. Desde esta Sección Sindical solamente trabajamos con números y datos reales en la mano. Si es tu caso y estas afiliado o eres suscriptor de la tarjeta UGT, puedes transmítirnos la comunicación del banco y la trabajaremos como lo estamos haciendo con muchos compañeros.
    Desde este blog, podemos intentar aclarar conceptos, dudas, etc., pero no es el sitio idóneo para comprobar cartas.
    Como hemos dicho antes, afiliados y suscriptores de la tarjeta UGT nos pueden reenviar las cartas del banco para su comprobación.

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  3. Hola buenos dias:
    Es de agradecer que esta Sección Sindical en Catalunya, tenga este blog y que los afiliados, como es mi caso, podamos por distintos medios solicitar vuestra ayuda.
    Pero como mejor se entienden las cosas, son con ejemplos y el anónimo (29 de abril de 2013 22:40) deja muy claro desde el principio que es una SUPOSICION y desde mi modestia opinión, aporta todos los datos necesarios para que los técnicos del Sindicato puedan dar una respuesta que nos ayude a entender el ACUERDO FIRMADO con fecha 14-09-2012, pues cada vez que lo leo me surgen más dudas y me recuerda cuando al político de turno le realizan una pregunta y responde con tituves, frases incoherentes, repetitivas o como dicen en mi pueblo, mareando la perdiz para terminar diciendo: ni si ni no sino todo lo contrario.
    Conclusión, si Uds. me lo permiten, coincido en que este blog no se deben analizar casos particulares, para eso ya ofrecen tfno. e-mail, etc... pero en casos como el anterior, aunque nos sorprenda negativamente, ójala "se mojen".
    Gracias y que el 1 de mayo sea un éxito, sin broncas, sin violencia pero con mucha participación, me voy para mi sede que ya tiene que haber buen ambiente.

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    1. Como bien dices, en este blog no se analizan casos particulares, y repetimos: en este blog. Pero esta Sección Sindical si analizamos casos particulares, uno a uno y aplicando el tiempo y paciencia que se requiera hasta que las cosas se entiendan.
      Haces la comparación con el político de turno al que le hacen no se que pregunta. Queda claro con el ejemplo de que no te has puesto en contacto personal con nosotros. Y ya queda despejada la duda cuando hablas de marear la perdiz. Como en el artículo mencionamos, llevamos atendidos a cerca de doscientos compañeros, y te puedo asegurar que la opinión de ellos, de esos doscientos es diferente. Y no solamente quedan contentas y convencidos sino que además se llevan una prueba documental de los cálculos efectuados. ¡Sí! hablando claro, un papel que se quedan para guardar y poder efectuar las comparaciones.
      Esta Sección es el único sindicato que está prestando este servicio, ignoro si los demás por falta de tiempo, por falta de voluntad o desconocimiento. Es igual, cada cual sabrá lo que debe de hacer.
      Si realmente eres afiliado o eres suscriptor de la tarjeta UGT, que no dudo que lo serás, todavía no acabo de entender como no te has puesto en contacto con nosotros personalmente para consultarnos o aclarar las dudas de palabra. Te puedo asegurar que si lo haces , las dudas quedarán solventadas, pues ni más ni menos tenemos lo que otros bancos tienen. No hay secreto, las condiciones están firmadas en el Acuerdo que puedes consultar y los cálculo están hechos por expertos actuariales.
      Más que nuestro tiempo, modestos conocimientos, voluntad y palabra no te puedo ofrecer.En fin, como dijimos en nuestra primera respuesta, trabajamos con números reales y datos en la mano. Sobre todo sin anonimatos: quien escribe esta respuesta y se ofrece para solventar tus dudas, cuando quieras y donde quieras, y sin ningún límite de horarios (incluso por la tarde aunque no es mi costumbre) es José Ramírez, secretario de organización de la sección sindical.
      Quedo a tu disposición y espero de ti la misma transparencia y franqueza, saludos.

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  4. POR LO QUE ESTOY LEYENDO EN EL COMENTARIO DEL COMPAÑERO , PARECE SER QUE LA COMPAÑIA DE SEGUROS NOS ABONARA UNA CANTIDAD FIJA (SEGUN CADA CASO), AL MES. YO TENIA ENTENDIDO QUE AL ESTAR EL PLAN DE PENSIONES EXTERNALIZADO , SE PODIA DISPONER DEL DINERO COMO EN LOS PLANES DE PENSIONES DE LOS CLIENTES, ES DECIR LO RESCATO TODO DE GOLPE O LE DIGO A LA COMPAÑIA DE SEGUROS QUE ME ABONE UNA CANTIDAD FIJA AL MES (LA QUE YO LE INDIQUE).GRACIAS Y UN SALUDO

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  5. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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    1. Llegada la jubilación, cada uno decide la fórmula de cobro: rentas, capital o mixta. Es en ese momento donde debemos estar seguros de cómo vamos a solicitar su cobro, pues de él dependerá, tanto el coste fiscal del mismo, como la duración de la prestación.
      En el apartado referido al cobro como renta mensual, podremos decidir el importe que queremos cobrar cada mes, eso indicará también la duración de la renta. Una alta renta mensual dará lugar a un menor número e años de percepción de la misma. Una renta vitalicia se calcula en base a las hipótesis actuariales de aplicación y por tanto será menor conforme a expectativas de vida mayores.
      En cuanto al cobro como capital, el "palo" fiscal puede ser tremendo, pero cada uno sabrá sus necesidades.
      Nuestro consejo es que llegado el momento, se contacte con un asesor fiscal y nos asesore sobre la mejor fórmula para nuestras necesidades.

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  6. Alguien ha enviado un comentario referente a que ha enviado los documentos para su revisión y no los ha recibido. Si el interesado lee este comentario, por favor a través del mismo correo al que lo hiciste llegar o a través del banner de la izquierda " Contáctanos" danos tu nombre para revisar.
    Gracias

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  7. SEGUN EL COMUNICADO RECIBIDO, 1º¿EL IMPORTE ACUMULADO ES HASTA FECHA 14092012? 2º ¿LAS APORTACIONES FUTURAS SON HASTA CUMPLIR LOS 63 O LOS 65 AÑOS? (HAGO ESTA SEGUNDA PREGUNTA PORQUE MI FECHA DE JUBILACION ES 03082015, Y EN ESE PERIODO DICEN QUE APORTARAN LA MISERIA DE 1485 EUROS) 3ª¿LAS POLIZAS DE SEGURO GENERAN UN TIPO DE INTERES DESDE FECHA 14092012?
    SALUDOS, COMPAÑEROS

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  8. Esos 1.485 euros es lo que te aportarán hasta tu jubilación. Esa miseria de 1.485 es porque en servicios pasados has de tener una cantidad mayor que alguien de menor edad que tenga tu misma situación. ¿Porqué? Pues porque al compañero más joven tiene recorrido para una mayor aportación.Todas las aportaciones, las pasadas y las futuras generan interés desde la fecha de efecto.

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  9. Hola a modo de información :
    Hay en internet (calculo renta vitalicia) un programa de supuestos que introduciendo cada uno su suma de capital pasado más aportaciones futuras y capitalizándolo con los intereses del acuerdo llega a un importe total a los 63 años, se introduce la fecha de nacimiento de cada uno rellenando los apartados y nos da una renta mensual vitalicia.
    Esta muy bien ya que nos da una buena aproximación de lo que nos quedaría como renta vitalicia.
    Saludos compañeros, y gracias por vuestras apreciadas respuestas.

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  10. Este comentario ha sido eliminado por un administrador del blog.

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  11. En mi condicion de afiliado a U.G.T., con una antiguedad de mas de 30 años de los cuales 8 he representado en el comite de empresa al sindicato que introduje (junto a Luis Segura, Fco. Ventura y Javier Ventura) en Banco Santander en Almeria, me sorprende y me hace recelar el hecho que mi pregunta acerca del tipo de interés que "debe" generar las polizas de seguro y si su fecha de efecto es 14092012 haya sido eliminado por un administrador del bloq.

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  12. No debe recelar, debe haberse tratado de un error, sino fuera así, tampoco se publicaría este comentario.
    El tipo de interés de los servicios pasados es el 5,40 y las futuras el 3%.
    Desde Catalunya ignoramos el día exacto la fecha de contratación de la póliza.
    Aprovechamos para agradecer el seguimiento de este blog desde otras partes del estado. No obstante hay consultas que podéis hacer directamente a vuestra sección sindical. En Almería hay excelentes delegados y en Andalucía está quien más sabe sobre el tema y ha llevado todas las negociaciones sobre la externalización de los compromisos de pensiones. Y no solo eso, sino que representó a UGT en Banco Santander ante el Parlamento Europeo en la comparecencia para reclamar el tema ante las instituciones europeas.
    Rogamos comprendáis que desde Catalunya, por ser una sección sindical de comunidad, no tenemos ni los delegados ni las infraestructuras suficientes como para atender consultas de toda España.

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  13. Os quería consultar una duda que tengo, según creo los pre-80 tenemos una poliza de seguro contratada en Mapfre (no un p.pensiones), en caso de rescate total, la tributación seria por la diferencia entre las primas aportadas y el capital rescatado tributando dicha diferencia al
    21%.?
    Gracias.

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  14. Las aportaciones las efectua el Banco, quien es el tomador de la póliza.
    Llegado el rescate hay que tener en cuenta que tributa como IRPF. En caso de capitalizarlo, por la totalidad del importe.

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  15. Yo segun las informaciones de los Sindicatos cuando se firmo el acuerdo de externilacion, crei entender que el p.p. lo transformaban en un seguro de vida en Mapfre, entre otras razones porque fiscalmente era mejor que un p.p., la diferencia es que un p.p., en caso de rescate total, un 4o% queda exento y el 60% restante a escala de renta como rendimientos del trabajo,y un seguro de vida tributa como rentas de valores mobiliarios, por direncia entre primas aportadas y capital rescatado al 21%.
    Por que desearía me indicaras por favor si lo que tenemos en Mapfre en p.p. o un seguro de vida.
    Gracias

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  16. Cuando te refieres a los sindicatos conviene indicar a quienes concretamente.
    Desde UGT la información desde el principio es clara, sugerimos consultar el número 15 del mes de octubre de 2012 de nuestra revista "La Voz", la cual en su página número 7, dedicada a Preguntas más comunes sobre la externalización de los fondos de pensiones, en la pregunta número 4, dice: ¿Por qué se exterioriza en seguro y no en plan de pensiones?., y la respuesta que UGT publica es: El medio utilizado para la externalización del fondo ha sido el seguro y no el plan de pensiones atendiendo a dos premisas:
    * No tuviese imputación fiscal. Por tanto esto nos llevaba directamente a seguro y no plan de pensiones, pués estos últimos, al realizar la imputación individual de los derechos pasados, los importes correspondientes superarían en todos los casos los 10.000 ó 12.500 euros del límite que permite la Ley del IRPF para aportaciones a planes de pensiones.
    * Tuviesen rentabilidad asegurada. En los planes de pensiones, con la tensión subyacente en los mercados, 56 años de edad de media del colectivo y por tanto cercana a la edad de jubilación, con las rentabilidades de los planes en los niveles que están, hacían poco probable que un plan de pensiones garantizase las cantidades a la jubilación, la decisión en seguro aportaba estabilidad en los tipos garantizados.
    Esta es la información de UGT, además por escrito y a través de su medio de difusión oficial: La Revista La Voz.
    Referente a la diferencia a la hora del rescate no hay tal entre un seguro o plan de pensiones, por lo tanto hay que tener en cuenta que: Los contribuyentes que hayan realizado aportaciones al plan de pensiones antes del 31 de Diciembre de 2006 (no es nuestro caso), tendrán en cuenta que:
    Si la prestación se recibe de forma periódica (renta) en un tiempo determinado, todo el cobro se sumará a la renta del trabajo.
    Si la prestación se recibe en un solo cobro (capital) las prestaciones derivadas de las aportaciones realizadas hasta 31 de Diciembre de 2006, quedan exentas de tributación el 40% y por tanto, sólo tributa el 60% de esa parte; siempre que hayan transcurrido más de 2 años desde la primera aportación (algo que actualmente se cumple en cualquier caso)
    El resto de las prestaciones realizadas a partir del 1 de Enero de 2007 no tienen beneficio fiscal cuando se rescata, con independencia de la forma de rescate.
    El País Vasco es la única región que mantiene la reducción del 40% para las rentas percibidas en forma de capital de un plan de pensiones.
    Para finalizar, lo que está firmado en el acuerdo que podéis consultar es un Seguro, y por lo tanto es lo que hay contratado.

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    1. Puesto que afortunadamente tenemos un seguro de vida en caso de rescate total salvo error tendríamos que tributar el 21% de los intereses que han producido las aportaciones, es cierto que dado que se contrato la poliza de seguros en Mapfre, desde 14/02/2012, solo tendríamos que tributar desde dicha fecha por los intereses que se generen hasta la fecha de rescate, cuando se produzca la prejubilación.?
      Muchas gracias por tu respuesta.

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  17. La rentabilidad se va añadiendo a la cantidad comunicada, se aplica la fórmula de interés compuesto.
    El rescate en cualesquiera de sus fórmulas, tributa por la cantidad que se rescata independientemente si esta proviene de capital o intereses.

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    1. Si tenemos un seguro de vida creo que solo se tributa por los intereses generados.

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    2. El tomador es el banco y nosotros los beneficiarios. La empresa, el banco, se compromete a tener una cantidad provisionada para cuando llegue el hecho causante: jubilación, invalidez., viudedad, etc.. Esa cantidad procederá de la cantidad que nos han comunicado más lo intereses generados. Ambos son vasos comunicantes, y el banco juega con ello: a más interés menos capital a aportar y viceversa.
      Pero insistimos, el tomador es el banco. Nosotros lo que haremos es rescatar una cantidad por la que habrá que tributar., independientemente de la forma de rescate.

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  18. Hola compañeros antes que nada gracias por vuestras respuestas a nuestras consultas.
    Consulta :
    Como es que el plan de jubilación de los ingresados antes del 87 se pierde (aportaciones futuras) y en cambio el firmado en 2006 ( el de 640 euros anuales) no se pierde, en caso de prejubilación ?
    Porque ha sido así ? no se puede reconducir este asunto pues muchos compañeros no están ahora interesados en prejubilarse toda vez que pierden mucho dinero por las aportaciones futuras.
    Confiamos en que vuestra "fuerza" de negociación con el Banco pueda reconducir positivamente esta situación.
    Muchas gracias y muchos ánimos.

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  19. Para centrar el tema: Las aportaciones futuras son los derechos consolidados hasta la fecha de la firma del Acuerdo. Las futuras son las previstas hasta la fecha de jubilación.
    El sistema que hemos firmado, responde a lo previsto en el Convenio Colectivo, lo único que el sistema se ha externalizado. Ello quiere decir que, las aportaciones hechas hasta una determinada fecha están consolidadas y son nuestras, las que restan, lo serán siempre y cuando nos jubilemos a la fecha indicada.
    Las futuras juntamente con las pasadas son las que validan lo dispuesto en el Convenio Colectivo y da cumplimiento al porcentaje del PE. Es lógico que, si dejamos de estar regidos por el Convenio Colectivo al firmar una prejubilación, el banco deja de estar librado para complementarte como si te jubilaras a la fecha indicada.
    El que no esté interesado en prejubilarse, sencillamente que aguante hasta la jubilación. Esto es muy personal y cada uno a de decidir lo que le conviene.
    Lo que todos debemos de comprender es que en una negociación hay dos partes y la otra, la empresa, no se "chupa el dedo" y no te va a dar lo que rigiéndote por el Convenio Colectivo no te corresponde.

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  20. Cuándo se recibirá el certificado correspondiente al seguro que tenemos contratado con Mapfre?

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  21. Tiempo al tiempo hombre, esperemos que todo el proceso acabe, los errores si los hubiere se corrijan y a partir de ahí se empezaran a recibir.

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  22. Creo entender que por las cantidades pasadas nos van a pagar el 5,30 de interés. ¿Este tipo es el que nos van a pagar desde el mes de septiembre de 2012 hasta que nos jubilemos? Por otro lado las aportaciones que tenemos hasta ahora en el plan de pensiones por el que el banco aporta 640 € nos las van a retroceder? ¿A partir de ahora nos lo van a seguir aportando o no tenemos derecho?

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    1. Por favor, las preguntas deben de realizarse sobre el tema de cada artículo. Este en concreto es sobre la campaña de comprobación de datos, ¡nada más!. Si no encontráis el artículo correspondiente dirigiros a través del apartado de "Contacto".
      No obstante para no ser descorteses, pasamos a contestar las anteriores preguntas:
      Lo referente al tipo de interés es correcto.
      Las aportaciones al plan de pensiones se seguirán realizando. De hecho, el Acuerdo es de Septiembre y todos hemos recibido hace aproximadamente un mes un extracto del Plan con las aportaciones y rentabilidades correspondientes.
      Lo que si que hay que tener en cuenta, es que conforme a lo establecido en el Acuerdo Colectivo del 25 de julio de 2006, sobre Previsión Social Complementaria, para el cálculo de las aportaciones por los servicios pasados, se procederá al descuento de los derechos consolidados existentes en el Plan de Pensiones sel sistema de Empleo de Banco Santander a la fecha de efectividad de la póliza de seguro contratada, derivados exclusivamente de las aportaciones del promotor. Para ver los términos del descuento leer el Acuerdo y observar detenidamente el punto 4.1.1 "Aportación Inicial por Servicios Pasados" del Acuerdo suscrito el 14 de septiembre de 2012.

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  23. Una precisión que hemos omitido en el comentario del 15-05-2013 de las 18:40: el tipo de interés es el 5,40%

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  24. hABIDA CUENTA DE QUE LOS PRE 87 NO COBRAREMOS EN CASO DE PREJUB. ANTIC. LAS APORTACIONES FUTURAS Y EN CASO DE LLEGAR A LA JUBILACIÓN EL PLAN PENSIONES DEL 2006 ( EL DE 640 EURIOS MENSUALES) SERÁ ABSORBIDO POR EL DE LA EXTERNALIZACIÓN, PORQUE SE NOS LO SIGUE DESCONTANDO DE LA NÓMINA.
    GRCIAS COMPAÑEROS POR VUESTRAS PRONTAS RESPUESTAS.

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  25. En caso de prejubilarte, si que cobrarás las aportaciones futuras, las que tengas realizadas a la fecha de prejubilación o salida anticipada.
    Sobre el tema del Plan de Pensiones, leer la respuesta al comentarios anterior:
    "Las aportaciones al plan de pensiones se seguirán realizando. De hecho, el Acuerdo es de Septiembre y todos hemos recibido hace aproximadamente un mes un extracto del Plan con las aportaciones y rentabilidades correspondientes.
    Lo que si que hay que tener en cuenta, es que conforme a lo establecido en el Acuerdo Colectivo del 25 de julio de 2006, sobre Previsión Social Complementaria, para el cálculo de las aportaciones por los servicios pasados, se procederá al descuento de los derechos consolidados existentes en el Plan de Pensiones sel sistema de Empleo de Banco Santander a la fecha de efectividad de la póliza de seguro contratada, derivados exclusivamente de las aportaciones del promotor. Para ver los términos del descuento leer el Acuerdo y observar detenidamente el punto 4.1.1 "Aportación Inicial por Servicios Pasados" del Acuerdo suscrito el 14 de septiembre de 2012."
    Seguimos insitiendo en que todos nos leamos detenidamente ambos acuerdos: el del Plan de Pensiones del 2006 y el del Acuerdo de externalización.

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  26. Y yo desearía saber, si cuando rescatemos el seguro de vida en Mapfre, de los pre-80, tenemos que tributar a hacienda la totalidad tanto capital como intereses por rendimientos del trabajo, donde esta la ventaja fiscal que comentaron los sindicatos al cambiarlo de p.p a seguro de vida en la externalización.
    gracias.

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  27. Para tener la respuesta a tu deseo de saber, basta con que leas el contenido de este blog. En esta página, sube un poquito más arriba y en una contestación de fecha 9 de mayo a una pregunta de la misma fecha tendrás la respuesta.
    En otro orden de cosas, cuando te refieres a los sindicatos, ¿a quienes te refieres concretamente?. Desde luego no será UGT. Para muestra valga un botón: Si lees el número 15 de nuestra revista La Voz (órgano de difusión de UGT en Banco Santander) correspondiente al mes de octubre de 2012 podrás leer en la página 7 punto 4, la explicación del porqué un Seguro de Vida y no un Plan de Pensiones (la respuesta antes mencionada está recogida de la revista).
    Por lo tanto, a cada uno lo suyo. Y si algún otro te ha dado una mala información exígele responsabilidades a él y no nos mezcles a nosotros.
    Nuestra postura y explicación, desde el principio es clara y concisa y no de boquilla, sino como se hacen estas cosas: POR ESCRITO para que si faltamos en algo, se nos exija.
    Pues bien compañero, una vez leida la revista (sino la tienes, nos la puedes solicitar), espero que te pueda quedar claro que UGT informa con precisión y claridad, abierto a todos. La prueba la tienes en este blog, donde de forma libre, quien lo desea, accede, pregunta y se informa.

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  28. Comentario al foro para información:
    Me he leído el punto 4.1.1 del acuerdo y se desprende lo siguiente, concreto.....
    Los que tienen externalización a la edad de jubilación cobran las prestaciones pasadas y las aportaciones futuras al 100%, pero automáticamente se le descuenta en la misma proporción a ese derecho económico ya consolidado el importe acumulado por capital más rendimientos del plan de los 640 euros suscrito en el 2006.
    Caso de prejubilarse anticipadamente se pierde la totalidad de las aportaciones futuras (desde la fecha del cese en el servicio) y tambien el plan de los 640 euros, en su totalidad.

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  29. He leído el punto 4.1.1 y según deduzco en la cantidad inicial por servicios pasados que nos han comunicado a cada uno ya está descontada la cantidad que teníamos aportada en el plan de pensiones de los 640 € anuales. En las cantidades a futuro que nos han comunicado, en mi caso 27.000 € ¿qué va a ocurrir?

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  30. Las futuras en tanto en cuanto te jubiles, sin pasar por una prejubilación, te aportarán l la cantidad comunicada. En el momento en que te prejubiles (salidas anticipadas) la empresa cesará de hacer aportaciones.

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    1. Disculpa mi duda pero no me queda caro lo que indicaba de sí estoy en lo cierto con respecto a las aportaciones pasadas

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  31. Estas en lo cierto, es lo que está redactado en el Acuerdo.

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  32. Compañeros de UGT como afiliado tanto yo como varios compañeros con más de 35 años de antiguedad no entendemos como se firmo el acuerdo sin que se paguen las prestaciones futuras caso de prejubilación anticipada y además, se pierda el p.p. de 640 euros anuales suscrito en 2006, rogamos nos lo expliquen.
    La caixa , lo pagara, otros, también piensen que es el sustento de nuestra jubilación.
    Es que no tiene suficiente el Bco. en quedarse con el 20% de nuestros sueldo bruto ?

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  33. Perdona la respuesta, pero lo que no se entiende es que al 20 de mayo del 2013, te des de bruces con algo que se ha firmado el 14 de septiembre de 2012, se ha publicitado, está colgado en este blog, a los pocos días se realizó una exitosa (por la gran afluencia de compañeros que acudieron) reunión de afiliados para explicar el Acuerdo, que además contó con la presencia del compañero Juan María Martínez, responsable de Previsión Social, figura sin la cual no podría entenderse este Acuerdo, tanto en su firma como en la defensa que efectuó en Bruselas ante las instituciones europeas y que además ha contado con la firma de todos, ¡absolutamente todos los sindicatos!. Como podrás comprobar, desde el 14 de septiembre de 2012 hemos estado proporcionando toda la información para aclararla. Todo lo que expones arriba, está redactado en los Acuerdos el del 2012 y en el del 2006.
    Efectivamente, la Caixa lo sigue pagando, pero lo que has de conocer es que la Caixa ha efectuado un ERE. Hay cuantificado el número de personal que sobra, los cuales deben de salir en una determinada fecha.
    Las prejubilaciones efectuadas al amparo del ERE de 27 de marzo, suponen una modificación sustancial respecto de las prejubilaciones hasta ahora abordadas en Caixabank. En este caso se formalizan en una baja incentivada, y, en consecuencia, se deben tener en cuenta la indemnización, que se cobra al tirón, sus repercusiones fiscales, el derecho a la prestación contributiva de desempleo, el convenio especial con la seguridad social, y la disponibilidad del fondo de pensiones.
    Puedes consultar el ERE en la siguiente dirección:
    http://www.ugt-cat.net/subdominis/lacaixa-es/images/stories/20130327_acuerdo_reestructuracin_cbk.pdf
    En su punto número 7, observarás que los porcentajes de prejubilación no son el 80%, van del 60% al 57%.
    Otras entidades financieras, no inmiscuidas en ERE'S, la situación es similar a la nuestra.
    Si alguien no quiere perder las aportaciones futuras a ninguna costa, lo que ha de hacer es no prejubilarse.
    Respecto a las aportaciones al P.P. éstas no se pierden, han quedado incorporadas las aportaciones efectuadas a la fecha de firma del Acuerdo. Las restantes se siguen efectuando, incluso si te prejubilas.


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  34. Parece ser que las prejubilaciones ya han empezado en la entidad y ya han llamado desde recursos humanos , antes del cierre de sucursales, es eso cierto que están llamando a compañeros de banco Santander que cumplan 58 años a 31/12/2013.
    Teneis alguna información por parte del banco de a cuantas personas tienen previsto hacerles una baja incentivada o baja por prejubilación pese a que sean voluntarias.
    Gracias.

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  35. Como bien dices, el banco ya ha empezado a llamar a algún compañero de la red Santander. Con anterioridad ya lo había hecho con compañeros de la red Banesto.
    El banco en ningún momento ha explicitado número alguno. Es de suponer que irán en función del ritmo que pretendan llevar en el cierre de oficinas y unificación de servicios centrales.

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  36. Las personas que se prejubilen ahora según acuerdo cuando accedan a la jubilación a los 63 años el PE sería del 100% ?
    Eso supondría que como el PE esta calculado según la carta recibida a los 65 años, el Bco. debería a los 63 de hacer una derrama de las prestaciones futuras de los 63 a los 65 como provisión a los 63 del 100% previsto a los 65, es así ?
    Los que no accedan a la pre jubilación según acuerdo, no se contemplaría ese escenario.
    Gracias compañeros de UGT por vuestras aclaraciones.

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  37. No, la carta recibida te indica la referencia del PE de los 65 años, pero meramente como referencia. El cálculo de la provisión matemática está efectuada a la primera edad posible de prejubilación, en casi todos los casos 63 años,viene indicada emcima del apartado del PE de los 65 años. Según Convenio y por lo tanto recogido en el Acuerdo de Externalización (punto 4.1.1 del Acuerdo)indica que la edad de jubilación para los empleados que no sean mutualistas (son mutualistas aquellos trabajadores con cotizaciones anteriores al 1 de enero de 1967) la edad que se toma como jubilación es la primera posible: 63 años y a los 63 años el PE el el 90%.
    Al acceder a la prejubilación, por ejemplo los compañeros que hoy día están ya firmando, se quedan con las aportaciones por servicios pasados más lo que tengan provisionado al día de la firma de su prejubilación.

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  38. No se publico ni se contseto la pregunta de cual era el motivo de que todos los pre-80, tengamos los mismos complementos a 31/12/1987, porque.

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  39. No nos consta haber dejado sin contestar ninguna pregunta, no obstante, ¿a que te refieres con los mismo complementos?. Si te refieres a los complementos de pensión, ya te anticipamos que eso no es así. Al contrario, solamente serían iguales en caso de auténticos clones o avatares: es decir dos personas nacidas en la misma fecha, entrada en el mismo banco en la misma fecha, ascensos a categorías en las mismas fechas, etc...
    De la experiencia que tenemos de cerca de 200 casos que hemos revisado de afiliados, ninguno, pero absolutamente ninguno es igual.
    No obstante, si te refieres a otro tipo de complementos, indícanos cuáles.

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  40. Creo entender que muchos compañeros que han recibido la carta en los complementos que se tenían pasados figuran los mismos conceptos e importes.

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  41. Lo único que puede ser algo similar es en los conceptos pensionables, el capítulo de Salario Base: los distintos niveles tienen el mismo salario base. Deberías especificar porque crees entender: si es porque lo has visto o porque te lo han dicho. Si es lo primero, se debe tratar de una confusión tuya, si te lo han dicho, sencillamente te han mentido.
    esta sección sindical ha comprobado entre doscientos y trescientos casos de nuestros afiliados, y ninguno es igual a otro, repetimos: NINGUNO.
    Como indicamos en la respuesta anterior, solamente puede producirse en personas que hayan entrado en el mismo banco, en la misma fecha, con la misma categoría, que hayan mantenido las mismas categorías siempre, la misma trayectoria profesional y encima que su edad de jubilación sea la misma. Si ese es el caso, pues si serán iguales, sino nunca puede ser.

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  42. Buenos días:
    Por intentar ayudar, creo que el anónimo de fechas 23 y 24 de mayo, pregunta por qué, (en mi caso banco origen banco central) los siguientes pluses coinciden con la mayoria de los compañeros.Por ejemplo:
    *plus de asistencia: 26.820 ptas
    *plus diario: 26.820 ptas
    *plus de convenio: 95.368 ptas
    *bolsa de vacaciones: 18.337 ptas

    Yo lo que no entiendo es, que si la procedencia es de otros bancos, además tienen otros pluses como FIESTAS SUPRIMIDAS, PAGOS VENTANILLA, PLUS DE MAQUINAS, etc...

    Muchas gracias y ánimo para continuar con este Blog

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  43. Los pluses indicados vienen determinados por Convenio y son iguales para todos. El de asistencia y el resto no difiere depende de la categoría sino que es único, incluso para todos los bancos.
    Los otros conceptos:
    Fiestas Suprimidas: en nuestro banco, lo cobran solamente los que provienen de Banco Ibérico.
    Pagos de Ventanilla: lo tendrá quien trabajase como "ventanillero". Recuérdese que antes, el trabajo en ventanilla estaba cernido única y exclusivamente a los trabajadores cuya categoría comportaba el trabajo en dicha ubicación: ayudantes de banca por ejemplo. Los cobradores tenían también plus fuera de ventanilla.
    Plus de máquinas: Recuérdese también que antes, no era como hoy día que el ordenador es la herramienta común. Antes quienes trabajaban al frente de una máquina durante toda la jornada cobraban o deberían cobrar el plus de dicho trabajo, denominado Plus de máquinas. Lógicamente, quien trabajaba entonces en cartera, por ejemplo, no lo cobraba y por lo tanto no puede tenerlo reconocido.
    Aunque el día a día y los tiempo actuales van demasiado deprisa, es bueno a veces detenerse a pensar como eran las cosas hace años y saber de donde venimos. Hoy día, todos trabajamos en un banco que se llama Santander, pero las procedencias de los empleados son muy dispares: Caja Ibérica, Banco Aragón, Banco Ibérico, Mercantil de Tarragona, Fomento, Mercantil e Indal., Central, Hispano, Condal, Banesto, Santander y otrso que seguramente nos olvidamos. Algunos de ellos, mantiene todavía beneficios propios, como hemos mencionado antes con Banco Ibérico con las fiestas suprimidas, así como también Banco Ibérico mantiene una mejora que supone que tras cumplir 65 años, cada dos años se beneficia al jubilado con un porcentaje de lo qe represente la subida del Convenio. Este dato es importante para la asignación de cantidades en la externalización de pensiones, pues supone que el Banco cada "x" años debe hacer unas determinadas aportaciones para cubrir dicha contingencia.
    Esperamos haber aclarado todas las dudas.

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  44. Pues yo tengo los mismos complementos que ha publicado el compañero, y estoy seguro que no entre en el banco el mismo año, ni provenia del mismo banco, ni ha 31/12/87, teníamos el mismo sueldo y categoría, por lo tanto no somos clones.
    Gracias.

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  45. A ver si nos aclaramos:
    Pluses de Convenio: todos absolutamente iguales.
    Vacaciones igual. Da igual qu se sea nivel I o XI.
    Fiestas suprimidas a quien le corresponda en virtud de su Banco de procedencia.
    Pagos de ventanilla, quien ejerciera esa función y lo percibiera en virtud de su categoría.
    Plus de máquinas quien desarrollase su jornada al frente de una máquina y la percibiera.
    ¿Dónde se varía? en la categoría, en los trienios normales, en los trienios de jefatura, en el CPT de los técnicos, en los Pluses voluntarios reconocidos por carta, etc..
    Si alguien no lo entiende así, se supone que habrá hecho la oportuna reclamación a la empresa.
    Desde UGT, volvemos a decir que después de más de 200 (cerca de 300) casos de nuestros afiliados comprobados, los datos básicamente son correctos y aquello que ofrecen dudas y están documentadas, hemos planteado la oportuna queja. Es de suponer que si alguien cree que hay algo raro en sus datos, habrá planteado la oportuna queja ante la empresa, al igual que nosotros hemos hechos en algunos casos de nuestros afiliados.

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  46. Yo soy empleado procedente de Banco Iberico, y no sabia que a partir de 65 años, tuviéramos un porcentaje de la subida de convenio, sabes cual es el porcentaje.?
    También tengo entendido que en el momento de la prejubilación o al mes siguiente a los del Iberico el Banco le da una cantidad aproximada a 3.000,- eur sabes si es cierto.
    También muchos pagamos un seguro de vida de Banco Vitalicio de aprox. 1,14 eur al mes, es cierto que cuando llega la prejubilación percibimos aproximadamente otros 3.000,- euros.
    Por ultimo sabes donde podría acceder a la información de las condiciones de los empleados de Banco Iberico.
    Perdona por tantas preguntas y te agradezco la respuestas que me facilites.

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  47. En cuando al primer tema, supone el 75% del incremento por convenio.
    Respecto al segundo tema, no es cierto. Seguramente te hayan informado incorrectamente y estaría relacionado con el siguiente punto.
    El tercer tema, es cierto. Al mes siguiente de cumplir los 65 años, a los empleados procedentes del Central-Hispano proceden al rescate del Seguro de Vida.
    Respecto a las condiciones de Banco Ibérico, debes contactar con nosotros a través del apartado "Contáctanos", por correo electrónico o bien telefónicamente.

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    1. Gracias por tu respuesta, como puedo averiguar la cantidad que me correspondería por el rescate del seguro de vida de Banco Vitalicio a los 65 años.

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  48. En este mismo blog, en los apartados de la banda izquierda. Accede al denominado "Acuerdos" y pincha el penúltimo : Acuerdo Seguro de Vida. Ahí podrás consultar lo que te corresponde. Al ser un Acuerdo antiguo, las cantidades aparecen en pesetas, por lo que deberás hacer la correspondiente traslación a euros.

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  49. yo ya firme esta semana,pero todavia no he recibido la poliza de seguro de vida de mapfre,les llame y me dicen que vaya con el carnet de identida, les firme una carta y me la solicitan a su central de datos,pienso que logicamente hasta la firma de la prejubilacion, no podran mandar lo consolidado mas lo pendiente por abonar, pues no tenian la fecha y conformidad a la firma para hacerlo, aunque lo que no entiendo son las prisas por firmar al 31 de mayo de 2013, sin haber recibido las polizas correspondientes a cada empleado.

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  50. Son dos cosas distintas. Una cosa es la prejubilación que se firma con el banco, que no todas están siendo para el 31 de mayo. Hay compañeros que están firmando para septiembre e incluso octubre. Y otra distinta es el tema de Mapfre. El tener o no la póliza no influye para nada en absoluto en la prejubilación, puesto que no se puede rescatar hasta que llegue la edad de jubilación.

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  51. Hola compañeros:
    ES Cierto que en el acuerdo suscrito de prejubilaciones solamente tienen derecho los que como mínimo cumplan al 31-12-2013, 58 años y que si se cumpliese el cupo que el banco tiene estipulado, ya no se producirían salidas los siguientes años 2014 o y 2015 ?
    Los que durante 2014 cumpliesen 58 años años, tampoco tendrían derecho pues el convenio lo dicer claramente las prejubilacionen seran para los que a 31-12-2013 cumplan 58 o ya tengan más años, nada dicen en absoluto si en 2014 o 2015 habrán salidas por prejubilaciones.
    Por lo expuesto creo que todos los que cumplimos 58 durante el próximo año, no tenemos nada que hacer y no tendremos oportunidad de salida ya que en el acuerdo nada se dice en este sentido.
    Ruego para información de todos los afectados que los compañeros de UGT como viene siendo habitual nos informen detallada y concretamente de este asunto .

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  52. Has mirado solamente parte del Acuerdo. En concreto te refieres al Anexo IV, que recoge las edades de este año. Pero si vas al Redactado General, Capítulo III, apartado Cuarto (página 11 del Acuerdo, que puedes consultar en este blog), dice textualmente:
    "Cuarto: Las medidas recogidas en este apartado (se refiere a las salidas anticipadas) tendrán una vigencia inicial hasta el 31.12.2015, pudiendo prorrogarse por periodos anuales, mediando acuerdo expreso entre el Banco, y la mayoría de la representación sindical."
    Con lo cual la puerta puede estar abierta hasta el 31-12-2015 para prejubilar. No obstante todo dependerá de las necesidades de la empresa. Recordemos que las salidas anticipadas (antes prejubilaciones) no están recogidas como un premio para nadie, sino como una manera de regular de forma no traumática el excedente de plantilla. Con lo cual hasta el 31-12-2015, si la empresa lo encuentra necesario, puede recurrir a salidas anticipadas. Pero tengamos siempre en cuenta que, quien abre y cierra la puerta, en todo momento,es la empresa, siempre que necesite ajustar la plantilla.

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  53. Claro dice, pudiendose prorrogar, en su caso, si interesa a la Empresa, pero en este preciso momento y según el redactado solamente puden prejubilarse los que cumplan 58 años este año y el banco los acepte, el resto nada de nada.
    Al final que quede la puerta abierta no significa que el año que viene existan las mismas condiciones, lo cierto es lo que ahora hay por lo cual si el banco cumple las expectativas este año de nº de personas, cierra el tema y se acabó, el resto ya no entraría en los próximos años.

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  54. El Acuerdo lo que abre es la posibilidad de prejubilaciones hasta el 2015. Pero este año, el que viene y el otro, el que marca el número es la empresa. Y no solamente el número sino las personas. Es a las empresas las que les corresponde marcar la política a este respecto. Y lo que hemos comentado anteriormente, las prejubilaciones no son un derecho de nadie, sino la via para evitar males mayores. Lo que el Acuerdo contempla es que si el año que viene o el 2015 la empresa considera que sobran "x" personas, éstas saldrán con prejubilaciones y no con medidas traumáticas.
    Quien ve las prejubilaciones como un derecho de alguine, se equivoa de cabo a rabo, son la salvaguarda del empleo, afortunadamente.

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  55. Hola buenas noches compañeros:

    Es posible desvincularse del acuerdo suscrito el pasado marzo de forma unilateral, es decir si un empleado decide no aceptar ese acuerdo, puede hacerlo ? o es que hay una norma suscrita Superior que lo impide ?

    Gracias compañeros de UGT por vuestra ayuda a nuestras consultas y dudas

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  56. No es posible desvincularse (Capítulo I, Preámbulo, Segundo.- Ámbito personal y termporal: "El presente Acuerdo Colectivo será de aplicación a todo el personal que forme parte de las plantillas de los Bancos afectados por el proceso de fusión, ....)
    Emplear la palabra unilateral no es correcto. Si se suscribe es que hay dos partes, en este caso empresa y en la otra sindicatos, que por cierto representan el 89,30 de las fuerzas sindicales de Banco Santander y el 93,20% de Banesto.
    Se estará más o menos de acuerdo o en desacuerdo con lo firmado, pero la representatividad abrumadora de las fuerzas sindicales firmantes no se puede poner en duda. Si alguien, en su legítimo derecho (que es muy respetable) entiende que el Acuerdo le afecta a sus derechos elementales, lo que debe de hacer es denunciar el Acuerdo. Nadie tiene la razón absoluta y si este Acuerdo no es legalmente correcto, para eso está la Justicia.

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  57. Se sabe algo en relación a las RECLAMACIONES efectuadas al cálculo del porcentaje del P.E. que en su día realizo y comunico el Banco por carta a cada uno y que en bastantes casos había errores ??

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  58. Por los datos que hemos podido averiguar están trabajando en ello, y RR.HH Madrid padece un cierto colpaso por ello. Que nosotro tengamos controladas, de momento hay de todo, algunas rectificaciones y bastantes reclamaciones que no se sostienen por falta de prueba documental.
    Ahí ya es un tema individual. Otra cosa es el caso de compañeros que lo han realizado a instancias nuestras, en cuyo caso, obviamente si podemos hacer un seguimiento.

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  59. ¿SE SABE CUANDO MAPFRE O GENERALI NOS HARÁ LLEGAR LA POLIZA DE SEGUROS?
    SALUDOS, COMPAÑEROS

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  60. Cuando el Banco haya revisado las distintas reclamaciones (son unas cuantas) que le han llegado.
    La póliza es única y el tomador único es el Banco, lo que varía es la referencia del beneficiario, que por lo que hemos observado en lo que han recibido los compañeros que se han jubilado después de la firma del Acuerdo y ya están cobrando, se corresponde al número de empleado.
    Lo que recibiremos es una comunicación con los distintos datos.

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  61. Estamos a 19 de Julio y seguimos si tener ningún documento o certificado con los datos de cada uno y la rentabilidad acumulada desde la firma de la externalización. Se sabe cuándo nos van a mandar estos datos? porque parece que está todo olvidado.

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  62. Compañero: aquí no hay nada olvidado, revisa lo publicado en este post y en todos los que se refieren a la externalización y comprobarás que no hay nada olvidado para UGT. Te reto a que me indiques que otro sindicato se está preocupando por el tema. UGT no te dice nada de palabra, te lo escribe en este blog.
    No obstante, te indico:
    La empresa está revisando las reclamaciones efectuadas por los compañeros que han detectado algún error o supuestamente son erróneos los datos facilitados. Esta sección sindical ha tramitado los errores que hemos detectado de nuestros afiliados. Sin ir más lejos, el miércoles el banco rectificó una de ellas, la rectificación no era "moco de pavo", supuso más de 20.000€.
    Cuando acabe este proceso se pasará a la comunicación.

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  63. hijo de prejubilado23 de julio de 2013, 23:14

    Mi padre ha fallecido el pasado lunes 8 de julio. Trabajo en el Banco Ibérico, Banco Central, Banco Central Hispano y posteriormente en el Banco Santander. Al fallecer con la edad de 64 años me han dicho que mi madre tiene derecho a un seguro de vida de 27.045 euros del Banco Santander. Un compañero suyo me ha dicho que me informe bien, porque cree que del Banco Ibérico también tiene derecho a un seguro de vida.
    A la espera de respuestas,
    Un saludo.

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    1. Como acuerdo colectivo, los procedentes de Banco Ibérico, en este sentido tiene como todos los que provienen del BCH, el Seguro que has mencionado.
      Recibe un saludo y nuestros más sincero pésame.

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  64. Buenas tardes:

    Seguimos si tener ningún documento o certificado con los datos de cada uno y la rentabilidad acumulada desde la firma de la externalización. Se sabe cuándo nos van a mandar estos datos? O no ha terminado la empresa de revisar las reclamaciones.

    Gracias

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  65. Están en ello. Por lo menos, los que proceden de Banco Santander tienen todo ya calculado. Los compañeros de vienen de Banesto, que firmaron el Acuerdo dos meses después que nosotros, todavía no han comenzado el proceso de cálculo.
    No obstante, nadie ha de tener prisa, aunque es lógico que exista inquietud. Los únicos que les urge el tema, son los comapñeros que acceden a la JUBILACION. Y estos compañeros están ya cobrando puntualmente de acuerdo a la modalidad que han escogido.

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  66. Buenos dias compañeros:

    Dadas las fechas en que nos encontramos, percibo demasiado silencio en cuanto a recibir documento o certificado con los datos de cada uno sobre la externalización, tanto de la empresa como de los sindicatos.Ojalá no esté en lo cierto, pero este silencio me hace pensar en alguna sorpresa no aclarada en el acuerdo.

    Saludos y gracias por vuestra información

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  67. Te asiste el derecho de percibir lo que estimes oportuno. Nosotros solo nos basamos en hechos comprobables y contrastados. No obstante si has observado algún "agujero" en el Acuerdo, te agradeceríamos que nos lo digas a todos.
    Hoy día tendríamos las comunicaciones si no hubiera habido el auténtico aluvión de quejas de bastantes compañeros. Nosotros por ejemplo hemos asesorado a algunos de nuestros afiliados y podemos decir que todas, absolutamente todas han sido atendidas, debiendo proceder a rectificar cantidades, en algunos casos por más de 30.000 euros.
    Pero vale la pena paralizar un proceso para que un buen número de compañeros vean satisfechas sus legitimas quejas.
    De verdad que toda la espera vale la pena, pues estamos hablando de un importante proceso que ha culminado con que muchos compañeros han visto como dispondrán de unas cantidades que antes no hubiera sido posible. Y como siempre decimos, prisas nadie ha de tener, a no ser que a alguien le sea de vida o muerte saber una determinada cifra ya.
    Lo cierto es que todos los compañeros que se han ido JUBILANDO desde la firma del Acuerdo, hoy están cobrando todos. A esos es a los que les podía urgir el tema, pues no estamos hablando de simple curiosidad que no pueda espera, sino que en su caso es cobrar ya o tener que esperar, en definitiva disponer ya o no de una determinada cantidad de dinero en su bolsillo. Pues bien, esos compañeros, han podido ya comprobar que no hay nada oculto en el Acuerdo.
    Si se continua a este ritmo con las regularizaciones de cantidades que se han tenido que hacer, definitivamente sobre diciembre es cuando se emitirán las certificaciones con cantidades y rentabilidades.

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  68. Gracias por tu atención y rápida respuesta.
    No he observado ningún "agujero" en el Acuerdo, además no soy ningún especialista en el tema ni he tenido ninguna oportunidad de poder opinar antes de la firma, ya que si se realizó alguna reunión o asamblea para los afiliados, yo ni fuí inviado ni me enteré.
    Cuando hablo de silencio, me refiero a que desde julio, no se ha recibido practicamente información sobre el tema y al no recibir el documento personalizado, la experiencia no me deja dar por buena o tengo algún tema poco claro en la información recibida hasta la fecha, pero como aconsejas paciencia, solo te comentaré tres:

    * El tipo de interés para las aportaciones pasadas ¿ será el 5,40% ?
    * Los millones de euros que se dijo habían encontrado los actuarios, ¿ modificaran los
    importes de las cartas recibidas ?
    * Si el 27-03-2014 que cumplo 63 años, no me jubilo y espero hasta cumplir 65 años, ¿ me tienen que realizar aportaciones hasta el 27-03-2016 ?

    Por favor, compañeros, no tomeis nuestros comentarios como algo negativo, te digo de todo corazón que personalmente estoy muy agradecido por este Weblog y el tiempo que le dedicais para informarnos, yo siempre he creido en la crítica constructiva y valoro vuestro trabajo, el cual tengo que decir, no percibo en otros.

    Muchas gracias y ánimos para continuar.

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    1. Gracias por tu comentario. En absoluto tomamos los comentarios como negativos, aunque a veces hay quien intenta cargarnos responsabilidades que son de la empresa. En este tema, nuestro labor ha sido lograr un buen Acuerdo y francamente, creemos que lo hemos logrado, pues al final tenemos lo que desde hace muchos años que hemos perseguido.
      Si desde UGT no se ha dado más información es porque no la puede haber, por lo menos hasta que se acabe el proceso de revisión. No obstante, se van produciendo las reuniones periódicas de la comisión de seguimiento. En este medio se va dando toda la información que se va teniendo.
      En cuanto a las preguntas que realizas:
      * El tipo de interés de las aportaciones pasadas queda finalmente en el 5,292%
      * En principio solo recibirán nuevas cartas aquellos compañeros a los que se les ha dado la razón en las discordancias de datos que planteaban. No obstante tendremos que esperar al final de todo el proceso y comprobar que las aportaciones totales y la rentabilidad definitiva de las aportaciones pasadas son correctas.
      * El cálculo de las aportaciones a realizar está hecho teniendo en cuenta la primera edad legal de jubilación de cada uno. La mayor parte es a los 63, depende de que a dicha fecha se tengan los años necesarios para poder jubilarse a dicha edad. Para no tener dudas, si comprobamos la carta que nos han enviado a todos, aparece la primera edad de jubilación que a cada uno nos corresponde.
      La garantía de que todo se está haciendo de forma correcta, es que todos los compañeros que se han JUBILADO desde la fecha de la firma del Acuerdo han accedido a disponer de sus cantidades en la forma que han escogido, habiendo tanto compañeros que han optado por el vitalicia y otros por el rescate de una cierta cantidad cobrando el resto en mensualidades hasta su agotamiento. Bueno, eso ya forma parte de la decisión personal y las circunstancias e cada uno.
      Nuevamente, gracias por tus comentarios (todos) y disculpas si alguna respuesta ha destilado cierto "cabreo".

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  69. Buenos días:

    Tengo entendido que el tipo de interés del 5.292% aportaciones pasadas es efectivo desde el 19-9-2012 fecha de la ratificación por las Compañías de Seguros MAPFRE - GENERALI de la firma del ACUERDO por lo que el dinero está produciendo Interés de esa fecha. ¿Es eso cierto ??

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    1. Correcto, la fecha de efectividad de la póliza es del 19 de septiembre de 2012.

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  70. Buenos Dias.
    Tengo una duda... Las aportaciones pasadas, hasta la jubilación ( 63 años ) rentan un 5,292 % de Interés, vale, si una vez jubilado decides el rescate en la modalidad de forma periódica es decir un importe fijo mensual, la cantidad restante sigue primada con este tipo de interés hasta que lo hayas agotado?.
    Gracias por vuestra paciencia y esfuerzo.

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  71. El tipo de interés un vez se procede al rescate de forma periódica es variable y está alrededor del 2% más o menos.
    En este punto, y viendo los casos que ya llevamos visto desde septiembre del 2012 de compañeros que se han jubilado conforme al Acuerdo de Externalización, Mapfre remite un carta indicando:
    a) Importe a rescatar en caso de hacerlo por la totalidad.
    b) Importe que corresponde a un vitalicio.



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  72. Buenas tardes, teneis información para cuando empezara maphre al envio de cartas personalizadas ?

    Gracias

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  73. Se están recibiendo desde el pasado lunes 13. No obstante, como hemos comentado hoy en otro post sobre el tema, hay errores en bastantes cartas y Mapfre remitirá escrito anulando éstas, a la vez que enviará las cartas ya corregidos los errores.

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  74. José Jesus Outeiral28 de enero de 2014, 17:44

    Tengo 63 años. Cuando comuniqué al Banco mi condición de mutualista por haber cotizado al Régimen del Mar antes de 1970, el Santander me comunicó nuevas cifras de derechos consolidados con un importante incremento sobre la comunicación inicial cuando desconocía tal condición, eliminado las aportaciones futuras por tener la primera edad de jubilación a los 61 años. Pero mi sorpresa es que en el reciente comunicado de MAPFRE se me consideran aportaciones pasadas, futuras y extraordinarias, pero en su conjunto con una significativa reducción de las cifras asignadas por el Banco en su última comunicación. A los pocos días (21.01.2014) de la primera comunicación MAPFRE me envía una segunda comunicación reduciendo la cifra de derechos por servicios prestados sobre la primera.
    Entendia poco de todo esto pero ahora estoy totalmente perdido..., además me parece muy poco profesional el proceder de MAPFRE, lamentable incluso. ¿Que puedo hacer?

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  75. Sin ver toda la documentación es imposible decir algo.
    Deberías contactar con nuestros delegados (si eres de Catalunya con nosotros, y sino de donde seas). Independientemente de este paso, puedes dirigir un correo electrónico a: conveniosantander@mapfre.com

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  76. Procedo de Banesto y estoy prejubilados a fecha 31/3/2014, mi pregunta es saber si han unificado la póliza de exteorizacion a una misma compañía o por el contrario sigue la antigua de Banesto en vida-caíxa y la del Santander en madre, y también me gustaría saber que tipo de interés tendría cada una por los servicios pasados.
    Muchas gracias por vuestra colaboración

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  77. La póliza no se ha unificado. Tal como dices, Banesto con Vida-Caixa y Santander con Mapfre y Generalli.
    El tipo de interés técnico aplicado para los servicios pasados es el 4% anual.

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  78. Pues vaya diferencia con la del Santander el 5,292.. Se van a unificar..?

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    1. El 5,292 es sobre los servicios pasados, los futuros es el 3.
      Unificar se hará en el Plan de Pensiones, en el seguro no.

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  79. Soy procedente del bco. Ibérico y al proximo año cumplo 40 años de servicio, tenemos alguna ventaja a la hora de prejubilación. recuerdo que sin ser mutualista teniamos derecho a porcentaje superior de la que actualmente esta ofertando la empresa (80 %)
    Gracias compañeros.

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    1. Los porcentajes de prejubilación son estándar para todos, ahora y antes. Lo que di tienen los compañeros procedentes de Banco Ibérico es que a partir de los 65 años, el complemento de pensión de la empresa, cada 2 años se actualiza en un 75% de la subida de convenio. Esta circunstancia ya está contemplada en la externalización del Fondo de Pensiones. Por ese motivo los procedentes del Ibérico tienen reconocida una cantidad superior al resto, pues esa situación ha sido provisiónada.

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  80. Si se rescata capital del seguro colectivo que mantenemos en Maphre y en Generali no tiene ningún tipo de reducción ya que hasta el 2012 el Banco Santander S.A. no había hecho ninguna reserva de capital pués era un compromiso de pensiones y el Estado no le obligaba a hacerlo.
    Atentamente

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  81. Por parte de este blog, no habíamos dicho nada pues entendíamos que es una afirmación ¡y además correcta!
    No hay ningún tipo de reducción.

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