El principio de Acuerdo es el siguiente:
Vigencia: 4 años (2011-2014).
Ámbito funcional: Cajas, Bancos a través de los que se realiza la actividad financiera indirecta y/o se han traspasado los activos, etc. Se refuerza así la aplicación de este convenio y no el de Banca.
Mantenimiento de condiciones laborales y estructura de la negociación colectiva:
Mantenimiento de todos los derechos laborales recogidos en el convenio y acuerdos de empresa, una garantía fundamental ante las reformas legales y el cambio de naturaleza jurídica a Banco.
Definición de las materias indisponibles que el convenio se reserva y disponibilidad de materias en la empresa solo por pacto con más del 50% de la representación sindical, es decir, de eficacia general.
Esquema salarial:
Abono normal de trienios y ascensos por antigüedad (lo que implica un incremento salarial cierto a nivel individual durante la vigencia del convenio): la Patronal renuncia a su pretensión de "parar el reloj".
Revisión tabla salarial:
- Año 2011 y 2012: Mantenimiento tabla salarial 2010.
- Año 2013: Siempre que no haya recesión, entre el 1% y el 1,25% (dependiendo del PIB).
- Año 2014: Siempre que no haya recesión, entre el 1% y el 2% (dependiendo del PIB)
- Año 2011 y 2012: Mantenimiento importes 2010.
- Año 2013 y 2014: Revisión importe fijo y variable con los mismos criterios del salario base.
- 2013-2014: Régimen especial adición/deducción de una cuantía vinculada al plus convenio:
- Si Eficiencia entidad < 40%: Cobro Plus Convenio + cuantía equivalente 50% parte variable.
- Si Eficiencia entidad >40% y <65%: Cobro Plus Convenio sin adición ni deducción.
- Su Eficiencia entidad >65%: Cobro Plus Convenio - cuantía equivalente 50% parte variable.
1 día libre disposición que entra en vigor en 2013 y queda ya consolidado en el convenio.
1 día adicional al anterior, no consolidado, para 2013 y 2014.
Medidas de conciliación de la vida personal y laboral.
Garantías de Empleo en procesos de concentración y reestructuración intrínseca de entidades:
Establecimiento de compromisos de no utilización de medidas previstas en el Estatuto de los Trabajadores (art. 40, 41, 47, 51 y 52) sin negociación previa con la representación sindical, así como priorización en dichos procesos de negociación de soluciones vegetativas y/o no extintivas (suspensiones, reducciones de jornada, excedencias) para evitar recurrir a despidos forzosos.
Otros aspectos:
Declaración sobre igualdad de oportunidades en la promoción y acceso a funciones directivas
Protección víctimas violencia género.
Derechos representación: Garantías sobre elecciones sindicales y derechos de información.
Modernización artículo sobre Formación incentivando la empleabilidad e igualdad.
Gobierno del Convenio:
Ampliación de competencias de la Comisión paritaria y creación del Observatorio sectorial, para un análisis continuado de realidad sectorial que vaya más allá del propio convenio (jornada, igualdad, carrera profesional, prevención de riesgos, Formación, RSE).
No hay comentarios:
Publicar un comentario