Hasta ahora, se consideraba que el incumplimiento del preaviso no era determinante de la nulidad, según regula el artículo 122.3 de la Ley de Procedimiento Laboral en relación con el artículo 53.4 del Estatuto de los Trabajadores (ET), lo que suponía que si no hay nulidad por omisión del preaviso, tampoco puede haberla por omisión de la entrega de una copia de esta decisión a los representantes de los trabajadores.
Además, en el artículo 122.2 de la Ley de Procedimiento Laboral no hay una referencia específica al incumplimiento del preaviso y de la entrega de la copia de éste a los representantes de los trabajadores.
Sin embargo, el Pleno de la Sala de lo Social del TS, considera que esto no es así, porque la obligación de entregar la copia no se refiere a la concesión del preaviso, sino a la comunicación del cese.
Los magistrados basan su decisión en una anterior sentencia de la Sala, de 18 de abril de 2007, en la que se señala que hay un error en la redacción del artículo 53.1, pues la copia que ha de facilitarse a los representantes de los trabajadores no es la del preaviso, que no es en sí mismo una comunicación del despido, sino una parte del contenido de la comunicación del cese.
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