martes, 30 de mayo de 2017

Comité de Actividad en Banco Santander: La inquisición ha vuelto en el Banco de la llama roja

El Bueno, el Malo y el ¿Feo?


Aunque pueda parecerlo no es una versión de una antigua película del Oeste, no, mas bien un remake de una de terror, pero de las buenas buenísimas, de las que dan pavor sin argumento alguno, con mucho rojo, pero sin sangre, y un argumento manido. Eso sí, unos efectos especiales TAAAAN buenos que no dejan lugar dudas: TU PUESTO CORRE PELIGRO.
Un tribunal inquisitorial con el nombre de “COMITÉ DE ACTIVIDAD MENSUAL”, formado por un grupo de zonas (adláteres consabidos), algún responsable comercial de la territorial y dirigido y encabezado por el director comercial de turno, en el mejor de los casos, o directamente por el director territorial, que juzga a los “malos” de la plaza y que, como testigo de buenas prácticas, lleva algún “bueno” para dar ejemplo y con RRHH casi siempre presente y actuando como secretario judicial, o ejerciendo de notario del lugar, necesario siempre para levantar actas.
Amenazas y frases estrella del tipo de “si hoy tuvieras que echar el curriculum a banco Santander, con esas gestiones y/o ventas que llevas, ¿crees que te contrataríamos?”. Compañeros que sollozan porque no pueden dar más explicaciones que una realidad que ningún directivo de esta empresa, por muy “justo” que sea, quiere escuchar.
Al final la sentencia prevista: el pelotón de fusilamiento sin fecha de ejecución (quizás mañana, quizás el próximo ere, quizás tengas suerte y no te fusilen…).
NO NOS HEMOS CALLADO Y LO HEMOS DENUNCIADO CON ANTERIORIDAD PERO AHORA VAMOS A DAR UN PASITO MÁS RECORDANDO A TODOS LOS MIEMBROS DE ESTE TRIBUNAL QUE:
  • El Código General de Conducta del Banco, en el Título II, Principios Éticos Generales del Grupo Santander, en el literal del punto 6, dice: "Respeto a las personas el acoso, el abuso, la intimidación, la falta de respeto y consideración o cualquier tipo de agresión física o verbal, son inaceptables y no se permitirán ni tolerarán en el trabajo, y aquellos sujetos del Código con personal a su cargo en las unidades organizativas del Grupo deberán promover y asegurarse, con los medios a su alcance, que dichas situaciones no se produzcan. 
  • Todos los sujetos del Código y, especialmente, quienes desempeñen funciones de dirección, promoverán en todo momento, y en todos los niveles profesionales, unas relaciones basadas en el respeto por la dignidad de los demás, la participación, la equidad y la colaboración recíproca, propiciando un ambiente laboral respetuoso a fin de lograr un clima de trabajo positivo. "
  • El Convenio Colectivo, en el artículo 69. 7, establece como falta muy grave, el abuso de autoridad por parte de los superiores.

Así que si no nos queda otro remedio, para mejorar las condiciones laborales de los trabajadores, que señalar a los culpables con nombre y apellidos, o solicitar la tutela judicial efectiva de Juzgados y Tribunales, lo haremos.

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