El Tribunal Supremo (TS)
considera que las cláusulas suelo negociadas individualmente por los
clientes con el banco son transparentes, según recoge en una
sentencia en la que da la razón a Caja Rural de Teruel respecto a una demanda
que reclamaba la nulidad de una cláusula suelo.
En ese caso, la cláusula
suelo había sido negociada individualmente por los demandantes y la caja,
puesto que pactaron un suelo inferior al que normalmente establecía la entidad,
según recoge la sentencia.
El alto Tribunal hizo
pública el pasado viernes una sentencia cuyo fallo dio a conocer el pasado 15
de febrero. En la sentencia se desestima un recurso de casación que pretendía
la nulidad de una cláusula suelo de Caja Rural de Teruel por falta de
transparencia, al entender que la condición cumplía los requisitos de
transparencia establecidos por su jurisprudencia desde la sentencia del 9 de
mayo de 2013.
Las razones que alega el
Supremo para desestimar el recurso interpuesto por el cliente son:
- Que la cláusula suelo no estaba enmascarada entre una multitud de datos.
- Que había sido negociada individualmente por los demandantes y la entidad, como lo muestra que se aplicó como suelo un tipo inferior al que venía usando la entidad. En este caso, la hipoteca contemplaba un suelo del 3% y un techo del 8%. En este sentido, se incumpliría el principal supuesto por el que una cláusula suelo puede ser declarada nula o no puesta por un juez, el que se refiere a la falta de transparencia.
- Y que el notario presente en la firma del contrario hipotecario advirtió a los clientes de la existencia de la cláusula.
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