Por su interés informativo, reproducimos un artículo publicado en verne.elpais.com de fecha 6 de noviembre de 2016:
Qué puedes hacer y qué no estando de baja
El Supremo ha dado la razón a un hombre al que
despidieron después de ser visto en una fiesta popular mientras estaba de baja
Una empresa despidió en 2014 a un trabajador
que estaba de baja por estrés después de que fuese visto en una fiesta popular
en una parroquia de O Páramo, en Lugo. Tras dos años de litigio, el Supremo
dio la razón en octubre al empleado. "He pasado un año
horrible, perdí 25 kilos", contó José
Antonio Bruzoz a la Voz de Galicia.
¿Se puede salir a la calle o ir de viaje
cuando se está de baja laboral
por incapacidad temporal (IT)? Depende. El paciente puede
"hacer todo aquello que no perturbe la recuperación y tiene obligación de
hacer todo aquello que la favorezca", explica a Verne Germán Corral,
responsable del Área de Inspección Médica de la Comunidad de Madrid, que aclara
que hay que ver caso a caso.
Se puede pedir una baja por incapacidad
temporal "cuando se padece una enfermedad y que esta impida
trabajar". Si no hay enfermedad o si esta no imposibilita trabajar, no hay
baja, según Corral. Parece sencillo y sin embargo, esta definición ya apunta a
que el médico tendrá en cuenta la patología, su intensidad y las funciones que
desempeñe uno antes de extenderle la baja.
Por eso no hay una
relación exhaustiva de actividades prohibidas o permitidas, según
Carlos Javier Galán, presidente de la Sección de Derecho Laboral del Ilustre
Colegio de Abogados de Madrid (ICAM). "Lo único que consta en la Ley
General de la Seguridad Social (art. 175) es que el subsidio por Incapacidad
Temporal (IT) podrá ser denegado, anulado o suspendido cuando el beneficiario
actúe fraudulentamente; cuando trabaje por cuenta propia o ajena, o cuando, sin
causa razonable, abandone el tratamiento", confirma también a este diario
la Mutua Colaboradora con la Seguridad Social Número 61 (FREMAP).
Con ayuda de estos expertos vemos qué se
puede hacer y qué no, siempre con un depende. Para cada caso particular lo
mejor es preguntar al médico que nos atiende. "Incluso en situaciones
altamente dudosas se puede pedir que te lo ponga por escrito", aconseja el
abogado.
- Salir a la calle. Sí se puede, siempre que la patología no obligue a estar en casa. Si un
conductor está de baja porque se ha roto una pierna, no podrá conducir, pero sí
puede salir a la calle -con la movilidad reducida, se entiende-. Si tiene una
neumonía bacteriana lo normal es que no se pueda ni mover y se quede en casa,
explica Corral.
- Ir a una fiesta. Ocurre como en el caso anterior, dependerá de la enfermedad. "A los
empresarios les extraña mucho ver a un empleado en tiempo de ocio cuando está
de baja por algo psíquico, pero salvo que el médico diga lo contrario, está
indicado hacer actividades que te permitan descansar y relajarte", asegura
el abogado laboral. Hay casos en los que el psiquiatra incluso recomienda hacer
actividades fuera de casa, pero a la vez en otro casos, algunas actividades
como ir a una fiesta, "pueden indicar que ya está recuperado
totalmente", advierte el inspector médico.
- Ser voluntario en una organización. Se puede "si no supone una concurrencia con tu empresa ni es
incompatible con tu baja", según Galán. En el caso del gallego -que es
conductor- colaborar con Protección Civil, si no ha conducido vehículos como
asegura, no es incompatible.
- Viajar. El paciente,
"en la aplicación estricta [de la legislación], puede desplazarse",
dice Corral, que recuerda que salvo la obligación de acudir a por los partes y
a las citas médicas, "legalmente no figura ningún aspecto en el cual se
diga si puedes o no moverte". Pero insiste: "Tiene que ser algo que
no impida la recuperación y que no indique que uno ya está bueno". El abogado
añade que es aconsejable estar localizable en esos casos por si nos citan para
una prueba médica o revisión.
- Hacer un examen. Solo estaría prohibido "si resulta pernicioso para la situación
clínica del paciente o si las actividades que el examen comporta son de
similares características y duración que las del trabajo que ha dado lugar a la
situación de IT", según el manual Más de 150
respuestas sobre la incapacidad temporal de la Sociedad Española de
Medicina de Familia y Comunitaria.
Casos no objetivables y "en la
frontera"
Una pierna rota es un caso fácil y claro de
baja. La fase en que el hueso ya está soldado pero el paciente sigue teniendo
dolores es otra historia. La enfermedad ya no impide trabajar, pero es que
además, según Corral, puede incluso estar recomendado hacerlo, porque volver a
trabajar ayuda a reducirlos, al no estar "en casa pensando en el dolor".
Otra cuestión es cómo objetivar el dolor,
cuando este no tiene manifestaciones visibles. Por ejemplo, en las lumbalgias.
En algunos casos queda claro que no se puede realizar el trabajo, pero en otros
dependerá del tipo de empleo y de la intensidad del dolor. "El dolorímetro
es algo que nos gustaría tener a todos los médicos", reconoce el
responsable de los inspectores. En esos casos dudosos, a veces los médicos de
atención primaria les consultan a ellos, que disponen de más tiempo para estudiar
a un paciente. "Podemos observar cómo se mueve, cómo se sienta, cómo
actúa" y determinar si la baja procede o no.
Estos son los casos que más llegan a los
abogados como Galán, de trabajadores que impugnan el alta médica porque no se
ven recuperados del todo mientras su médico cree que la mejoría les permite
trabajar. Pero son las bajas psíquicas las que más problemas generan al alta.
"A veces sería interesante probar procesos de incorporación progresiva,
con tiempos parciales o incorporación a otros puestos", dice. "El
trabajador pasa de estar un año sin trabajar por depresión a incorporarse al
mismo entorno en el que empezó su problema".
Otras veces los inspectores médicos
intervienen cuando hay "casos en la frontera". Por ejemplo, una
trabajadora de la limpieza tiene una lesión de rodilla y está de baja. Después
de un tratamiento desaparecen las manifestaciones exteriores y a lo mejor, le
queda un pequeño edema. "¿Justifica o no ese edema que se mantenga la
baja?", se pregunta Corral. Pues en unos casos sí y en otros no, dice;
habrá que hacer una exploración y pruebas complementarias.
Al final, todo se reduce a eso, a mirar caso
por caso aplicando el criterio general: hacer lo que se pueda para contribuir a
la eficacia del tratamiento y no dificultar la recuperación.
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