domingo, 7 de febrero de 2016

Varapalo tras varapalo judicial a Banco Santander, el autodenominado banco Sencillo, Personal y Justo


La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife da la razón a una familia palmera que se convirtió en accionista del banco sin saberlo al adquirir, en 2007, lo ofertado por el banco.

El Banco Santander ha tenido que devolver 100.000 euros, más intereses y gastos, a una familia palmera que invirtió esa cuantía en la compra de un producto ofertado por la entidad en 2007 y que, según sentencia en firme emitida por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, se correspondía con bonos convertibles en acciones. La consecuencia fue que los adquirientes se convirtieron en accionistas sin saberlo.
El tribunal ha dictado la nulidad absoluta del contrato por vicio en el consentimiento toda vez que estas personas habían sido engañadas en el momento de invertir entre 60.000 y 100.000 euros, en la mayoría de los casos.
El momento en que ocurrieron los hechos (año 2007), aún no se había modificado la Ley del Mercado de Valores. El Banco Santander decidió emitir deuda en forma de bonos convertibles en acciones a un precio de 12,09 por acción, con una gran promoción en todas las oficinas de España. En realidad, esta emisión de deuda se generó dada la compra que hizo el Banco Santander del banco holandés ABN Amor.

La Audiencia Provincial de Cantabria condena al Banco Santander por la venta de preferentes de Unión Fenosa. Obliga a la entidad a devolver 100.000 euros a un matrimonio por no advertir de los riesgos que comportaba la operación especulativa.

La Audiencia Provincial de Cantabria ha desestimado el recurso de apelación del Banco Santander por su participación en la venta de preferentes de Unión Fenosa y ha ratificado la sentencia emitida por el Juzgado de Primera Instancia número 7 de Santander en la que se condenaba a la entidad financiera a devolver 100.000 euros a un matrimonio por no advertir de los riesgos que comportaba la operación especulativa.
Según subraya la resolución, el deber de diligencia y buena fe del banco, aunque actuara como simple comercializador e intermediario de productos de un tercero, no se agotaba en la simple realización del test de conveniencia, sino en la cumplida información de las características del producto financiero que los demandantes querían contratar.
Tal y como se puede leer en la resolución, la compra de preferentes se produjo antes de 2008, cuando una ciudadana de Cantabria suscribió dos participaciones preferentes de Unión Fenosa (de 50.000 euros cada una) en una oficina de Banco Santander en la localidad de El Astillero.
Banco Santander, además de como intermediaria, actuó como asesora de la afectada, que estaba enferma de gravedad y había firmado un testamento en el que instituía único y universal heredero a su hermano (que ha sido el demandante en este procedimiento junto con su esposa), y era interés de la compradora que todos sus bienes pasaran en vida a su hermano.
El 11 de julio de 2008, el heredero se personó en la oficina del Banco Santander en El Astillero y, valiéndose de un poder general que su hermana le había otorgado, puso en venta las dos participaciones preferentes y comenzó el litigio con la entidad financiera. No consta que, antes de que suscribieran la orden de compra, se informara a los demandantes de la naturaleza real del producto y de los riesgos que comportaba la operación especulativa.
Con frecuencia están saliendo a la luz pública sentencias contra Banco Santander por la comercialización de productos tóxicos o mal informados.
En general, los medios de comunicación suelen trasladar una imagen muy positiva del Banco Santander, presentándolo como una rigurosa entidad alejada de las malas prácticas propias de las antiguas cajas de ahorro. Pero la realidad, por lo que estamos viendo y las muchas sentencias corroboran, dista mucho de esa visión.
Y se pueden aportar muchos datos: Hipotecas UCI, Hipotecas Tranquilidad, Préstamos renta universidad, Valores Santander, Banif Inmobiliario …
Por eso, cuando oímos de forma machacona lo de un banco Sencillo, Personal y Justo, sentimos como si se nos rieran en la cara.
Valdría que se aplicaran el dicho: “Dime de que presumes y te diré de que careces”.

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