domingo, 8 de noviembre de 2015

La banca española deberá aportar 11.700millones hasta 2024 en previsión de posibles quiebras

La banca española tendrá que aportar como mínimo 11.700 millones hasta el año 2024 para cumplir con el nuevo marco de recuperación y resoluciones bancarias impuesto por Bruselas. Así, a partir del próximo año, cada banco deberá desembolsar un 1% al nuevo fondo de resolución europea, lo que supone unos 5.300 millones para el sector y un 0,8% al actual Fondo de Garantía de Depósitos (FGD), lo que se eleva a 6.400 millones.
Estas imposiciones se concretan en el Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros, que amplía la normativa de la ley de junio en esta materia. La filosofía que subsiste detrás de toda la nueva normativa es que los depositantes sigan teniendo protegidos hasta 100.000 euros y que en caso de concurso, tengan preferencia de cobro.
El texto, aprobado en Consejo de Ministros, señala que los futuros rescates de entidades financieras serán financiados, en primer lugar, por los accionistas y, en segundo lugar, por los acreedores. El sector público, por lo tanto, será la última institución a la que acudir para evitar una quiebra bancaria.
La nueva legislación impone más deberes a la banca: cada banco tiene que redactar planes de recuperación y planes de resolución. Los primeros los elabora cada entidad financiera y deben incluir medidas en caso de deterioro significativo de su balance con distintos escenarios. Los planes de resolución, en fase preventiva, se redactan con el visto bueno del Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). La nueva normativa no fija fecha para su elaboración, pero todas las entidades ya trabajan en los mismos y, como mínimo, tienen que presentarse ambos una vez al año.
La letra pequeña de la nueva legislación también fijará los nuevos requerimientos regulatorios de capacidad de absorción de pérdidas, el denominado MREL -minimum requirement for own funds and eligible liabilities- en Europa.
Por otro lado, el actual Fondo de Garantía de Depósitos sufre cambios significativos respecto a su situación actual. Se divide en dos, uno para dar cobertura a los valores (acciones, fondos…) y otro para los depósitos bancarios. Las primeras deberán alcanzar como mínimo el nivel objetivo del 0,8% de los depósitos garantizados con fecha de 3 de julio de 2024. Las relativas a los valores serán de un máximo del 0,3% anual. Además, se reduce el periodo de pago a los depositantes de los veinte días hábiles actuales a siete días hábiles en 2024.

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