sábado, 6 de junio de 2015

TIPOS DE INTERES A.M.S.E.C, sigue bajando: 0,107%

Según Acuerdo de Mejoras Sociales Extra Convenio, los tipos de interés para operaciones de préstamos consumo y vivienda a partir del 1 de Mayo de 2009  se revisarán anualmente, partiendo del mes que se firmó el préstamo.
Para los empleados que no novaron las condiciones de sus préstamos se les aplica desde el 1/2/2015  el 0,218% para todo el año.
El límite de los préstamos vivienda  para estas condiciones es la suma de cinco anualidades de consulta por Verne/Portal del Empleado, hasta un plazo máximo de 25 años, sin comisiones.


7 comentarios:

  1. y las procedntes de banesto siguen.......al 1,5%

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  2. Compañera o compañero, los procedentes de Banesto no siguen al 1,50%. Los compañeros de Banesto que han suscrito operaciones dentro del Acuerdo (5 anualidades y 20 años de plazo), que los hay, están al mismo tipo de interés que los que proceden del Santander.
    Desde UGT estamos trabajando para buscar soluciones a los que tienen operaciones anteriores.
    UGT trabaja con datos en la mano y podemos decir que la mayor de operaciones que provienen de Banesto exceden en cantidad y plazo al Acuerdo. Te informamos que el Acuerdo marca un tope de 5 anualidades y un plazo de amortización de 20 años. Coincidirás con nosotros que nos es fácil encajar las operaciones que exceden estos términos. Si no, a ver a que cuota le va a salir a un compañero que ya tiene un saldo vivo superior al límite las 5 anualidades y que tenga que pagarlo en 20 años en lugar de 30 o 35 como hay casos, le puede salir una cuota inasumible.
    UGT como hemos comentado trabaja con datos y no crea falsas expectativas. Por eso podemos afirmar que esperamos que en no mucho tiempo podamos cerrar un acuerdo asumible para todas las partes. De entrada, las operaciones que estuvieran en importe (5 anualidades) y plazo (20 años) dentro del Acuerdo no debería haber problema. La complicación es ver como se resuelven el resto. Y es en eso en lo que estamos trabajando desde UGT con otros sindicatos. No estando en la solución quien puso en manos del banco una sentencia favorable a sabiendas que estaba perdida de antemano.

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  3. Tienes toda la razón moderador. Yo soy Santander, para más señas Hispano. Hace poco que formalice un hipotecario, pedí algo más de cantidad de las 5 anualidades y me lo denegaron. Sin embargo en mi oficina, un compañero de Banesto tiene ¡359.000! de saldo pendiente y a 30 años. Sería un agravio para los Santander de origen si todas las operaciones, sin más entran en el AMSEC. Me parece muy bien que se haga con las que entren en cantidad y en plazo, las que se excedan no deben. Otra cosa es buscar eliminar la claúsula, que es lo que parece que se está buscando, pero nunca equipararse a los que estamos ceñidos al Acuerdo.

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    1. Gracias por participar. Bajo ningún concepto tiene que haber situaciones que enfrente a compañeros provengan de donde provengan. Ojalá todas las operaciones que provienen de Banesto pudiesen entrar en condiciones de AMSEC, ¿porque no? no seremos nosotros quienes lo neguemos ni nos opongamos, al igual que deberían verlo así todos los compañeros, provengan de donde provengan.
      No nos perdamos en el debate, el tema es bien claro: Buscar soluciones a los compañeros que proceden de Banesto y que tienen operaciones vivas con cláusulas suelo. Y UGT está en ello.

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  4. Sin acritud, en el acuerdo se recoge la posibilidad de operaciones de plazo hasta 25 años, Estoy seguro que habrá operaciones a 35,30,25 ó 20 años y operaciones que superen las cinco anualidades y otras muchas que no. No dudo que estáis intentando llegar a un acuerdo que impidió la demanda de CGT, ya lo sé. Peró la realidad es que el tipo aplicable, y por la "gracia" del banco, es el 1,5%€. Lógicamente, no tiene mérito que las operaciones formalizadas tras la integración sean en las condiciones de AMSEC. Un saludo y gracias por comentar

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  5. Gracias por tu participación, todo comentario efectuado con respeto ya ves que es publicado siendo además generador de sana discusión. Las razón de este blog, precisamente es ese.
    El Acuerdo expresa que EXCEPCIONALMENTE, podrán autorizarse plazos de amortización de hasta veinticinco años...
    Nosotros si que te podemos decir que ninguna operación rebasa las 5 anualidades ni el plazo de 20 años. Banco Santander es en esto muy cerrado. Entendemos tu duda, porque este moderador proviene de otra entidad: Central, luego Central-Hispano. Ahí las normas eran de un cierto relajo, siempre era posible poder colar alguna excepción, siempre que la situación lo mereciera. Pues bien, al llegar a Banco Santander nuestro palo fue tremendo, porque aquí la norma se aplica a rajatabla, sencillamente las excepciones no existen, aún que el Acuerdo, como hemos indicado, si que pudiera contemplarse. Pero solo eso en cuanto a tiempo. De cantidades el tema es totalmente cerrado: 5 anualidades. Sencillamente es que el sistema te lo deniega y los analistas que se encargan en Madrid de las operaciones de empleados tienen las instrucciones muy claras: Todo dentro del Acuerdo, sin excepción. A partir de ahí cualquier intento que hemos efectuado efectuado para contemplar alguna excepción RR.LL lo deniega tajantemente.
    También queremos indicar que el tipo del suelo aplicable: el 1,5% no es por la "gracia" del Banco. En la reunión de la Comisión de Seguimiento de los Acuerdos, se convino reducir la cláusula suelo del 2% que era lo que aplicaba Banesto al 1,50% actual.
    Nadie dice que sea mérito de nadie que las operaciones formalizadas tras la integración san en condiciones de AMSEC, sencillamente hemos querido hacer mención de ello para que no quede la idea de diferencias entre empleados. En características de plazo e importe iguales, todos los empleados tiene las mismas condiciones. En condiciones distintas es donde está el problema al que estamos buscando una solución asumible por todos.
    Nuevamente gracias por tu participación.

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    1. La reunión de la Comisión de Seguimiento a la que hacemos mención fue el 15 de marzo del 2013, prevista el apartado undécimo del Acuerdo suscrito con fecha 15 de enero de 2013 y que contó con la presencia de absolutamente todas las fuerzas sindicales con tenían representación en Banco Santander y Banesto.

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