jueves, 18 de septiembre de 2014

UGT quiere que el Código Penal garantice el ejercicio de la libertad sindical


Ningún sindicalista debe ingresar en prisión por convocar o ejercer el derecho de huelga


UGT ha solicitado al ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, que se proceda a derogar, cuanto antes, el apartado tercero del artículo 315 del Código Penal para ajustar el marco normativo de esta figura, pues en su configuración legal vigente afecta al ejercicio de la libertad sindical, y la hacen cuestionable desde la perspectiva constitucional y de respeto de los derechos fundamentales, además de ser incompatible con los compromisos internacionales asumidos por España en esta materia.
UGT pide que se pongan en marcha las medidas oportunas para modificar el citado artículo. “Son más de 300 las/os militantes sindicales, algunos de ellos con penas de prisión, que han sido juzgados y condenados por ejercer un derecho fundamental como es el derecho de huelga. En su día ya manifestamos al ministro de Justicia que había que hacer todo lo necesario para que nadie ingrese en prisión por ejercer la libertad sindical.
Desde UGT proponemos que las causas que en el momento de entrada en vigor de esta modificación legal se encuentren en tramitación por el delito previsto en el apartado 3 del artículo 315 del Código Penal queden sobreseídas, y solo puedan enjuiciarse por la comisión de otros delitos o faltas si no hubieran prescrito, sin tomar en consideración a tales efectos la imputación, acusación o condena por el delito del citado apartado 3 del artículo 315 del Código Penal.

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