Ningún sindicalista debe ingresar en prisión por convocar o ejercer el derecho de huelga
UGT ha solicitado al
ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, que se proceda a derogar, cuanto
antes, el apartado tercero del artículo 315 del Código Penal para ajustar el
marco normativo de esta figura, pues en su configuración legal vigente afecta
al ejercicio de la libertad sindical, y la hacen cuestionable desde la
perspectiva constitucional y de respeto de los derechos fundamentales, además
de ser incompatible con los compromisos internacionales asumidos por España en
esta materia.
UGT pide que se
pongan en marcha las medidas oportunas para modificar el citado artículo. “Son
más de 300 las/os militantes sindicales, algunos de ellos con penas de prisión,
que han sido juzgados y condenados por ejercer un derecho fundamental como es
el derecho de huelga. En su día ya manifestamos al ministro de Justicia que
había que hacer todo lo necesario para que nadie ingrese en prisión por ejercer
la libertad sindical.
Desde UGT proponemos que las causas que en el momento de entrada en vigor de esta modificación legal se encuentren en tramitación por el delito previsto en el apartado 3 del artículo 315 del Código Penal queden sobreseídas, y solo puedan enjuiciarse por la comisión de otros delitos o faltas si no hubieran prescrito, sin tomar en consideración a tales efectos la imputación, acusación o condena por el delito del citado apartado 3 del artículo 315 del Código Penal.
Desde UGT proponemos que las causas que en el momento de entrada en vigor de esta modificación legal se encuentren en tramitación por el delito previsto en el apartado 3 del artículo 315 del Código Penal queden sobreseídas, y solo puedan enjuiciarse por la comisión de otros delitos o faltas si no hubieran prescrito, sin tomar en consideración a tales efectos la imputación, acusación o condena por el delito del citado apartado 3 del artículo 315 del Código Penal.
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