viernes, 22 de agosto de 2014

Trabajadores de 31.000 empresas podrán jubilarse a partir 61 años, entre ellos los prejubilados por el Acuerdo en Banco Santander

Los pasados 13 de junio y 1 de agosto la Seguridad Social emitió un criterio administrativo que hacía una interpretación de la ley de reforma de las pensiones más estricta de lo que se venía aplicando. Según esta nueva interpretación, a partir de ahora se impide la jubilación anticipada a los 61 años a aquellos parados que tienen un convenio de cotización individual a la Seguridad Social –que lo pagan de su bolsillo–; siempre y cuando dicho convenio no provenga a de un acuerdo con sus empresas. Según el Gobierno, esto afectará a unas 35.000 personas que se jubilen hasta el 1 de enero de 2019.
Sin embargo, si estos convenio individuales provienen de acuerdos de prejubilaciones, expedientes de regulación de empleo o concursos registrados antes del 13 de abril de 2013, esos trabajadores podrán seguir jubilándose de forma anticipada a partir de los 61 años, con 30 años cotizados y los coeficientes penalizadores (más suaves) anteriores a la reforma de pensiones de 2011.
Para ello las empresas tenían que haber registrado y comunicado al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o al Instituto Social de la Marina (ISM) sus planes de jubilación, acuerdos, convenios o despidos colectivos antes del pasado 15 de abril. Y así lo hicieron un total de 30.965 compañías cuyo listado ha publicado el Ministerio de Empleo y Seguridad Social en su web. En enlace que ponemos al pie de la noticia, podéis observar como, en la página número 2 de la relación que aparece en la web del ministerio, más o menos a la mitad, aparece Banco Santander.
En un principio el plazo de inscripción para estas empresas era el 1 de marzo pero se amplió hasta el citado 15 de abril. “Esto ha facilitado a un número significativo de empresas recopilar la documentación necesaria para recopilar su registro”, aseguran desde la Seguridad Social.
El Ministerio de Empleo no ha podido cuantificar el número de trabajadores que sí podrán seguir jubilándose a partir de los 61 años pero fuentes de la Administración indican que con que hubiera una media de 10 implicados por empresa, este colectivo superaría los 300.000 trabajadores hasta 2019. O lo que es lo mismo, unos 60.000 al año, frente a los 7.000 anuales que, según Empleo, sí se han visto afectados por la nueva interpretación de la ley y que, deberán retrasar su retiro anticipado a los 63 años.
Esperamos que con esto, cesen todos los miedos y falsas noticias que han corrido al respecto.
Por lo tanto, a las/os compañeras/os prejubiladas/os con el Acuerdo: ¡Tranquilos y a disfrutar de vuestro tiempo!

6 comentarios:

  1. Esto que significa, yo me prejubile el 31 de marzo pasado, entre en el banco en 1974, tengo 40 años cotizados y según el acuerdo económico me tendría que jubilar con 63 años concretamente en febrero del 2022, con la respectiva penalización del 12% (6% anual).
    Esto que significa que puedo jubilarme con 61 años (cual seria la penalización de la seguridad social) y en caso de poder harcerlo puedo elegir el año de mi jubilación.
    Como siempre encantado de vuestra ayuda y asesoramiento, muchísimas gracias.

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  2. A partir de los 61 en general, siempre en función de los Acuerdos adoptados en cada empresa. En nuestro caso a los 63 años, que es lo que has firmado.

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  3. No tiene sentido jubilarte con 61 años el Banco te paga la indemnización concertada hasta los 63.

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  4. A ver si nos aclaramos todos. Nadie, nadie en absoluto que haya firmado un Acuerdo de Prejubilación puede incumplirlo.
    La noticia que publicamos se refiere en general, pues hay empresas que la jubilación la han pactado a los 61 años, otros as los 62, etc.
    Concretando en nuestro banco, la edad de jubilación será la que cada uno haya firmado. La mayor parte es a los 63 años, y otros, los menos, a los 64.

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  5. Y esos a los que el Banco les paga hasta los 64. quienes son.

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  6. Hay compañeros que les es necesario jubilarse a esa fecha porque no llegan a los años necesarios para jubilarse anticipadamente a los 63 y sí a los 64 años.
    También, en anteriores campañas de prejubilasción, Banco Santander contactó con compañeros que tenían firmada la jubilación a los 63 años y les propuso aplazarla a los 64. ¿Con qué objeto?. Al alargar un año y por lo tanto la Seguridad Social penalizar menos, era suficiente como para que el banco se ahorrase pagarles complemento. El Banco calculó que el ahorro de ese complemento en una expectativa de vida determinada, aún pagándoles un año más.

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