martes, 7 de agosto de 2012

Algunas aclaraciones sobre la posibilidad de externalizar los Fondos de Pensiones

Con respecto a la noticia colgada en este blog con fecha 1 de agosto, referente a la reunión convocada por el Banco el día 31 de julio, en la que manifestó su disposición a externalizar los Fondos de Pensiones de los empleados cuya antigüedad sea anterior al 8 de marzo de 1980, creemos conveniente realizar las siguientes aclaraciones tras las diversas consultas realizadas por bastantes compañeras y compañeros, así como por los comentarios aportados y publicados en la noticia de este blog:

* El Banco ha actuado de "motu propio" para dar el primer paso.
* No hay ninguna sentencia o imperativo legal que le haya obligado a ello.
* El Banco está dentro de la ley. Eso sí, una ley que entendemos injusta.
* Por esa injusticia, UGT ha llegado en su momento hasta el Defensor del Pueblo y el Tribunal Supremo en busca de justicia.
* Agotada la vía judicial en España, UGT acudió a las instituciones europeas para intentar que se modifique la ley que permite a Banco Santander mantener Fondos Internos. Ahí está aparcado el tema desde el año 2009.
* UGT ha sido el único sindicato que ha movido este tema. Al pie de este artículo podéis ver o descargaros distinta documentación que así lo acredita y que a su vez ilustrará todo lo que aquí tratamos.
* Con respecto a consultas que se nos ha realizado referente a si afectaría o no a prejubilados, deciros que una vez comiencen las reuniones tendremos información al respecto. No obstante os participamos que la Sala de lo Social del Tribunal Supremo en Sentencia de Unificación de Doctrina de fecha 21/09/2009 falló que: no concurriendo la existencia de Fondo Externo, no procede derecho al rescate o movilización de dotación alguna por causas distintas a incapacidad permanente, fallecimiento o jubilación, debiendo encontrarse el afectado en activo con anterioridad a dichas circunstancias.
* Que nadie dude de que vamos a seguir luchando como hasta ahora lo hemos hecho. Pero, desgraciadamente dentro de los estrechos márgenes que tenemos mientras la ley no se modifique. 
* No obstante esperemos a que comiencen las reuniones (la primera será el 28 de agosto) para poder hablar todos con más fundamento.
Documentación para consultar o descargar:
                          Sentencia Supremo    
                          Intervención ante Parlameto Europeo 
                          Informe y actuaciones de UGT   
                          Comunicado Prensa UGT
                          Acta Parlamento Europeo (consultar pag.5 punto 11)  
                         Circular UGT "ante el Parlamento Europeo"

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