lunes, 6 de febrero de 2012

La Reforma Financiera

Cabe reconocer que el Gobierno español tiene una muy buena estrategia comunicativa, si no fuera que sus habilidades comunicativas están más cerca de las mentiras o de las medias verdades que de la habilidad comunicativa. No solo no ha explicado todo su contenido, sino que ha ocultado aspectos importantes del mismo y ha conseguido con la ayuda de los medios vender gato por libre a la ciudadanía.

1. De entrada y en su artículo 1º dedicado a “las medidas para cubrir los riesgos generados por los activos adjudicados o recibidos en pago de deudas relacionadas con el suelo de las promociones inmobiliarias” la norma aprobada viene a dar carta de naturaleza a la “dación en pago” del bien hipotecado, cuando el deudor es una promotora inmobiliaria. Indirectamente se esta demostrando la aberración con la que se comporta nuestro sistema financiero que acepta la dación en pago por miles de millones de euros de las promotoras y se resiste a hacer lo mismo cuando los deudores son familias hipotecadas con su vivienda habitual.
2. De las exigencias para dar cobertura a las diferentes modalidades de riesgo -el 7% de provisiones genéricas para activos sin riesgo; 35% para inmuebles terminados; 65% para inmuebles en construcción y 80% para suelo- se desprende que los recursos necesarios pueden ser superiores a los 50.000 millones de euros que calcula el Gobierno y que habría de sumar a los cerca de 100.000 millones de euros que ya se han dedicado a provisiones. A partir de los datos actualizados del Banco de España se desprende que esta cantidad puede estar cercana a los 60.000 millones euros.
3. A pesar de lo manifestado por el Ministro y la Vicepresidenta, es evidente que el Consejo de Ministros ha acordado dedicar otros 6.000 millones de euros de recursos públicos al saneamiento del sector financiero. Son los recursos que de los PGE van a ampliar el capital del FROB para que pueda desempeñar las funciones que se le encargan. Bien por la vía de la adquisición de acciones o por la vía de reforzamiento de los recursos propios de las entidades. Conviene destacar además que la norma autoriza al Gobierno a dotar al FROB de más recursos, con el único limite de que no superen en seis veces el capital del FROB en cada momento. Aunque en la propia norma esta previstos los procesos de desinversión del FROB, en un caso a tres años, en otros a cinco años, no existen garantías de que estas aportaciones, como otras realizadas hasta ahora con algunas Cajas no vayan definitivamente a cargo de los presupuestos.
4. Algunas de las medidas acordadas podían tener nombre propio. Por ejemplo, el artículo por el que se reduce al 25% el porcentaje de acciones propiedad de la Caja que han de quedar en su poder para que la Caja mantenga el control de la actividad financiera desarrollada a través de banco, bien pudiera tener el nombre de su principal beneficiario. Esta medida junto a otras, aparentemente más técnicas, tienen el mismo objetivo, que no es otro que garantizar la permanencia de Bankia como entidad autónoma. No hay nada que objetar al hecho que el Gobierno del PP quiera mantener la presencia de Bankia como entidad autónoma, pero no es positivo que normas que se supone han de tener como objeto una regulación universal terminen hechas a medida de un destinatario concreto. Aunque desde la perspectiva de mantener el máximo de puestos de trabajo y de evitar una mayor concentración en el sector, esta puede ser una buena opción. Solo falta por saber si es viable y cuantos recursos públicos absorbe.
5. A pesar del comentario anterior y con esta excepción que parece hecha a medida, el conjunto del Real Decreto Ley comporta una medidas de saneamiento que, al exigir simultáneamente el saneamiento de los balances y la capitalización de las entidades pueden provocar dos efectos colaterales. No servir para dinamizar el flujo de crédito, al menos a corto plazo y provocar un nuevo proceso de concentración oligopolista en el sector financiero, con todos los riesgos de exclusión de sectores de la sociedad que ello comportaría.
6. Y para el final, la famosa limitación de salarios que ha sido “vendida” por el Gobierno como una medida para que los que más tienen también colaboren con sus esfuerzos. Más allá del carácter simbólico de la medida que nos obliga a preguntarnos porque hasta ahora el Banco de España y el Ministerio de Economía no obligaron a cumplir la normativa anterior que también establecía unos límites, no estará de más ponerle un poco de agua al vino. Porqué al Ministro de Economía y al Gobierno en pleno se les ha olvidado explicar que esta limitación de sueldos, tan celebrada, esta condenada a tener pocos meses de vida. Como quiera que la propia normativa excluye de la limitación a aquellas entidades que, siendo hoy participadas por el FROB sean absorbidas o formen parte de una proceso de fusión. Como quiera que los cargos afectados por las limitaciones salariales lo son en su mayoría de entidades que en los próximos meses ya habrán sido absorbidas o habrán participado en procesos de fusión. Todo apunta que en los próximos meses estas limitaciones que afectan a la parte fija y también a los criterios de retribución variable no tendrán ninguna efectividad, porqué no se podrán aplicar a ningún directivo, al haberse modificado su situación. Es posible que no sea así, pero todo apunta que la medida estrella de la reestructuración financiera, la limitación de salarios de los directivos de determinadas entidades financieras, ya no tendrá ninguna utilidad. O mejor ya habrá cumplido su función, que es la de ofrecer al Gobierno del PP banderas con las que generar símbolos y desviar la atención de las medidas realmente importantes, como son el proceso de concentración bancario y los recursos públicos destinados a ello.
Texto Reforma Financiera

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