miércoles, 8 de noviembre de 2017

¿Qué permiso tenemos los trabajadores para ejercer el derecho a voto el 21-D en Catalunya?

Las últimas elecciones que se celebraron en día laborable, tanto en España como en Catalunya, fueron las primeras al Parlamento Europeo Del 15 de junio de 1989. Desde entonces, tanto las generales como las autonómicas y municipales se han celebrado siempre en domingo, con una excepción: las elecciones catalanas del 2006 que se produjero el 1 de noviembre, festividad de Todos los Santos, que a efectos de permisos para los trabajadores se consideró domingo.
Los permisos se regulan en función de la mayor o menor coincidencia de tiempo entre el horario laboral y el de votación. Por regla general, la duración máxima del permiso en el trabajo para votar será de cuatro horas, sin descuento alguno del salario.
En caso de que la jornada laboral y el horario de votación coincidan al menos dos horas, los trabajadores tienen derecho a un permiso retribuido para ir a votar.
Las del jueves 21D serán las primeras elecciones en un día laborable en Cataluña en 37 años. Repasemos qué dice la ley sobre el permiso laboral para ir votar.
¿Quién tiene derecho a permiso?
👉Todos los trabajadores que tengan una jornada laboral que coincida al menos dos horas con el horario de la votación, que es de 9 de la mañana a 8 de la tarde.
¿Qué permisos laborales hay?
Depende del número de horas que coincidan la jornada laboral y el horario de votación.
👉Si coinciden entre dos y cuatro horas: permiso retribuido de 2 horas.
👉Si coinciden entre 4 y 6 horas: permiso retribuido de 3 horas.
👉Si coinciden en más de 6 horas: permiso retribuido de 4 horas.
👉Si coinciden un máximo de 2 horas: no hay derecho a permiso retribuido.
✅Queda claro por lo tanto que en Banco Santander nos corresponde 4horas, dado que coincidimos entre las 9 de la mañana y las 15h30' de la tarde, total 6h30'.
¿Quién decide cómo se distribuyen los permisos?
👉Las empresas se encargan de repartirlos. 👉También pueden pedir un justificante a los trabajadores que acrediten que han destinado el rato de permiso a ir a ejercer el derecho a sufragio. Es un impreso firmado por el presidente de la mesa electoral.
¿Qué permiso tienen los presidentes de mesa y los vocales?
👉En caso de tener que ir a una mesa, el permiso será retribuido para toda la jornada, en caso de que para la persona elegida sea un día laborable. 👉Además, tiene derecho a percibir una dieta y una reducción de cinco horas al día siguiente del día de las elecciones.
👉Los suplentes tienen permiso retribuido para presentarse en el colegio electoral y comprobar si se han de quedar.
¿Hay permiso para votar por correo?
👉En caso de que se trabaje lejos del domicilio habitual o que haya dificultades para poder ir a votar en el colegio que corresponde, hay un permiso retribuido para realizar el trámite.

Cuando se acerque la fecha, desde este blog iremos recordando este tema.

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