lunes, 18 de septiembre de 2017

Abierta una nueva ronda de prejubilaciones en Banco Santander

La pasada semana tuvimos conocimiento de una "tandada" de prejubilaciones que se están ofreciendo en Banco Santander en todo el estado.
En principio, el perfil que mayoritariamente hemos detectado es el de un/a empleado/a con algunos procesos de bajas de un cierto tiempo. También hemos detectado casos de empleados/as con reducción de jornada para cuidados de algún familiar.
La edad es de 56 años para arriba y el porcentaje es el 80%.
Algunas cuestiones importantes que hay que tener en cuenta y que hace este proceso diferente a otros que hemos vivido anteriormente:
  • No hay un Acuerdo Colectivo que lo respalde, el acuerdo es individual.
  • Debido a lo anterior, a la hora de la jubilación, no se considera una jubilación forzosa como en los anteriores acuerdos, sino que tiene el carácter de jubilación voluntaria.
  • El período de cotización mínimo exigido para la jubilación forzosa es de 33 años y para la jubilación voluntaria es de 35 años.
  • La penalización en las jubilaciones voluntarias, puede resultar más gravosa que la forzosa.
  • La edad de la jubilación de una y otra difiere.
  • La jubilación anticipada se puede llevar a efecto dos años antes de la edad legal de jubilación.
  • Debido a las reformas del acceso a la pensión, y por el hecho de que hasta el 2027 se va aumentando la edad legal de jubilación, hay que mirar muy bien el período que cada uno ha cotizado y ver cual es su edad legal de jubilación.
Como veis, este proceso no tiene la seguridad y la claridad de los procesos de prejubilaciones que hemos vivido, y sobre todo, que cada edad y con distintos períodos de cotización, nos puede hacer a unos diferentes a otros.
Por todo ello, aconsejamos a cualquiera que le puedan ofrecer una prejubilación que contacte con nosotros. Sobre todo, porque hemos detectado que algunos territorios desde RR.HH. se está ofreciendo una información errónea y a veces con desdén y/o desgana. En algún caso, de firmar la oferta que se ofrece, cuando llegue la fecha hasta la que se pacta que la empresa te pagará, alguien se puede encontrar con que no puede jubilarse. Ante esta situación, donde la empresa ya deja de pagarte y al no poder acceder a pensión publica, alguien se va a quedar sin cobrar nada durante un buen tiempo.
Hoy más que nunca, la afiliación a UGT es imprescindible, y recurrir a nosotros es la garantía, en este caso, de que la empresa no te va a "timar".

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