Un prejubilado de Bankia recuperará los 125.000 euros
que invirtió en preferentes por consejo de sus compañeros de oficina, porque la
juez que ha estudiado su caso estima que ni siquiera una persona con su perfil
de empleado de banca estaba preparada para comprender sus riesgos.
El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Telde
(Gran Canaria) estima así la demanda que interpuso contra Bankia un antiguo
empleado de una de las entidades que formaron el grupo, La Caja de Canarias,
que alegó que pensaba que estaba contratando un depósito a plazo fijo, no un
producto complejo y con grandes riesgos.
Bankia contestó en su defensa que el demandante había
consentido en contratar ese producto a pesar de que, al someterse al test de
idoneidad, dio negativo, que tenía experiencia en inversiones en el mercado de
valores y que, por su perfil profesional, conocía las implicaciones de lo que
suponía poner su dinero en preferentes.
La sentencia -dictada en diciembre y no recurrida por
el banco- subraya que las preferentes son "un instrumento complejo y de
elevado riesgo", por lo que, para evitar errores de consentimiento, es
necesario que quien las comercializa ofrezca al inversor suficiente información
para que comprenda sus implicaciones.
En este caso, la juez declara probado que el banco
"relativizó" los riesgos en los que incurría este inversor.
De hecho, remarca que el director de la sucursal
donde trabajó este antiguo empleado ha reconocido que, cuando le vendió las
preferentes, "no se le pasó por la cabeza que se cerrara el mercado
secundario", ni tampoco que "La Caja quebrara", ni que el
capital invertido pudiera perderse como consecuencia de todo ello.
La juez considera que se transmitió al demandante
"la idea de un producto sencillo, cuyos riesgos eran tan remotos" que
el que contrataba podía pensar que estaba ante un instrumento de inversión con
capital garantizado.
A todo ello, Bankia oponía que este no era un
inversor cualquiera, sino un antiguo empleado de banca, cuyo perfil profesional
desmontaba cualquier posible error de consentimiento.
La sentencia discrepa de ese planteamiento, primero
porque considera que la redacción de la documentación que el demandante firmó
era "farragosa" y de "difícil comprensión" y, segundo,
porque esta persona trabajó "durante muchos años" en una sucursal,
"pero nunca desempeñó puestos de dirección ni subdirección" y, por
ello, "no estaba familiarizado con tales productos".
La juez entiende que, "pese a trabajar en la
banca, (el demandante) no se presenta como un experto en la contratación de
este tipo de productos", ni tampoco era "un experto inversor".
Hace tan solo unos pocos meses, pudimos comprobar como en la comparecencia de los representantes de los trabajadores en la comisión de investigación de Catalunya Caixa en el Parlament de Catalunya, también los trabajadores fueron sorprendidos en su buena fe, resultando muchos de ellos y sus familiares, afectados por las preferentes.
Hace tan solo unos pocos meses, pudimos comprobar como en la comparecencia de los representantes de los trabajadores en la comisión de investigación de Catalunya Caixa en el Parlament de Catalunya, también los trabajadores fueron sorprendidos en su buena fe, resultando muchos de ellos y sus familiares, afectados por las preferentes.
Todo esto, que nos puede
llegar a parecer como un poco lejano, y ajeno a nuestra entidad, en absoluto es
así. Los ejemplos los tenemos bien recientes con el tema Banif y el asunto
Valores Santander, al cual le hemos dedicado el “post” del miércoles 5 de febrero.
Nuestro banco, en absoluto, está exento de haber comercializado productos
sumamente complejos, que muchos empleados que los colocaban, ofuscados por la
presión y porque no decirlo también, por llegar a los objetivos y poder cobrar
premios, no han reparado en lo que vendían ni en sus consecuencias.
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