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"Accede al comunicado sobre aplicación de la CNMV" |
El Consejo de Ministros aprobó el pasado día 29 de diciembre un Real Decreto-Ley (publicado en el BOE el 30 de diciembre) que traspone al ordenamiento jurídico español la Directiva 2014/65/EU (MiFID II) en todo lo relativo a centros de negociación (mercados regulados, sistemas multilaterales de contratación y sistemas organizados de contratación), un aspecto fundamental de la Directiva.
La CNMV debe promover la efectividad de las directivas en el ámbito de sus competencias interpretando las normas nacionales vigentes de modo conforme con la directiva de que se trate.
Así, el supervisor concluye su nota con un aviso: La CNMV entiende que las entidades, infraestructuras y demás participantes del mercado ajustarán con carácter general su organización y actividades al conjunto de reglas y obligaciones emanadas del conjunto normativo a partir del 3 de enero de 2018.
Entre las nuevas obligaciones de las entidades están las de desgranar todos los costes en los fondos de inversión así como de otros productos financieros. El modelo de venta de estos, además, tendrá que cambiar. De esta forma, las entidades deberán ofrecer asesoramiento y chequear la idoneidad de los productos recomendados al menos una vez al año u ofrecer artículos de otros fabricantes y no solo los propios.
Las plantillas de las entidades deben, desde ya, cumplir unos requisitos de formación para informar y asesorar y habrán de asegurarse de que las órdenes cumplen con el principio de mejor ejecución.
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