TODOS LOS ACUERDOS, TEXTOS Y DOCUMENTOS ESTAN
EXPUESTOS A LA INTERPRETACION DE PARTE, NO ES NADA NUEVO Y ES CONSECUENCIA DE
LA ACTIVIDAD DIARIA EN LAS RELACIONES LABORALES, SIN EMBARGO, LA PROXIMIDAD DE
LAS ELECCIONES SINDICALES INVITAN A LA EXAGERACION, EL DESPROPOSITO Y LA FALTA
DE RIGOR.
Que el Banco Santander hace una interpretación abusiva de los acuerdos
firmados, es una realidad que se convierte en norma con demasiada frecuencia,
como hemos manifestado reiteradamente y denunciado en numerosas ocasiones. La
utilización partidista y torticera del artículo 25.4 del Convenio Colectivo
para justificar las prolongaciones de jornadas sistemáticas de toda la
plantilla; del artículo 40.1 para limitar y restringir el derecho del
trabajador al anticipo de la mensualidad; la vulneración del artículo 28 en lo
referente a los motivos, criterios y prioridades que deben establecerse en
materia de traslados; la infracción del artículo 29 relativo a los gastos
generados por las comisiones de servicio que el Banco escatima cuando no niega
a los trabajadores...Así podríamos continuar en un repaso a la práctica
totalidad de los artículos del Convenio cuya interpretación por parte de las
Empresas es siempre con carácter restrictivo para los intereses de los
trabajadores.
Otro tanto ocurre con los Acuerdos firmados en el ámbito de la Entidad
Banco Santander. No es una excepción el firmado en Banesto en el año 2009 a
raíz del proceso de cierre de oficinas y que se incorporó al proceso de fusión
entre las Entidades Santander y Banesto.
En su momento el Acuerdo de cierre de oficinas en la entidad hoy
desaparecida, significó una garantía de empleo y estabilidad laboral en la que
participamos todas las organizaciones sindicales sin excepción.
Como hemos indicado, el Banco Santander reinterpreta el acuerdo acuñando un
concepto que JAMÁS fue utilizado en Banesto, como ha puesto de manifiesto una
reciente circular de la CGT, y que UGT ha denunciado reiteradamente ante
Relaciones Laborales.
UGT ha planteado diversas reclamaciones judiciales por este tipo de
actuaciones en todos y cada uno de los casos. Ahí están los escritos,
reclamaciones y denuncias ante la Inspección de Trabajo por las prolongaciones
de jornada; las denuncias por traslados; las circulares denunciando el abuso en
la interpretación del artículo 28, del artículo 40 ó de las Comisiones de
Servicio.
Nos congratulamos de que existan compañeros dispuestos a defender sus
derechos que son garantía del Convenio. Precisamente esa es la gran aportación
del Convenio Colectivo que algunos pretenden dejar sin efecto o sin contenido.
Imaginemos por un momento cual sería la actuación de la Empresa sin la
existencia de un marco que ampare y reconozca unos criterios para disfrutar de
las vacaciones, del salario, de los complementos, de la antigüedad, de la
pensión, de los traslados, etc.
UGT defiende ese marco laboral, ese escenario de acuerdos que permitan
crear un sistema de relaciones laborales y sociales estable y garantista, sin
renunciar a la denuncia de todas las vulneraciones, abusos y reinterpretaciones
que vayan en contra de los intereses de los trabajadores. Lo que UGT no ha
hecho nunca es utilizar sus circulares para verter manifestaciones o juicios de
valor contra otras Organizaciones Sindicales que no se ajustan a la verdad, creando
un halo de desconfianza con fines partidistas.
UGT no participa de bailes de máscaras, no somos un sindicato carnavalesco
ni de opereta. Nos presentamos con nuestro bagaje, nuestro trabajo diario y
nuestra dedicación, sin engaños, sin tapujos y sin necesidad de justificación.
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