domingo, 15 de diciembre de 2013

VACACIONES PENDIENTES 2013

NO RENUNCIES A DISFRUTAR TUS DÍAS DE VACACIONES

A estas alturas del año, la acumulación de días de vacaciones pendientes de disfrutar se ha convertido en una situación conflictiva en muchas oficinas, donde las plantillas están viendo cómo se le ponen trabas constantes para su realización.
Desde UGT instamos a la plantilla a que disfruten sus vacaciones antes de que acabe el año. Si te encuentras en esta situación, no dudes en contactar con nuestra Sección Sindical.
Como recordatorio, las vacaciones no disfrutadas a 31 de diciembre se pierden legalmente. Por tanto, su disfrute más allá de esa fecha queda al arbitrio de la empresa su realización o no, así como del cuando. Por mucha confianza que tengas en tus supriores, de nada te servirá ante cualquier cambio de oficina o sencillamente un cambio de esos mismos superiores, pues tus vacaciones pendientes correrán un serio riesgo de desaparecer, si así lo deciden los nuevos responsables.
Así mismo, la migración de datos producidas en muchas oficinas en fechas recientes,  el sábado y/o domingo ha supuesto la exigencia desde todas las Territoriales, de la presencia de los responsables de las oficinas en fines de semana, sin concretar los derechos y las compensaciones que ello conllevaba o, en el mejor de los casos, indicando que se tendría derecho a una compensación en tiempo equivalente a la horas trabajadas en el fin de semana.
UGT considera, y así lo hemos reclamado, que la asistencia en esos días, al tratarse de unas horas extraordinarias, eran voluntarias y por lo tanto deberían retribuirse tal y como establece el Convenio Colectivo de Banca Privada: incrementándose en un 75 % sobre el valor de la hora de trabajo normal o, de no ser así, con una la compensación en tiempo de libranza de una hora y cuarenta y cinco minutos por cada hora trabajada.
No nos podemos dejar engañar. No es cierto que los acuerdos firmados en el Banco permitan la prolongación de jornada ni que el Banco pueda disponer de nuestro tiempo ni de nuestra vida. El tan recurrente apartado del acuerdo de jornada, no permite al Banco modificar y ampliar nuestra jornada. Es un acuerdo que, de buena fe, al menos por nuestra parte, se firmó para facilitar que el personal Directivo y Comercial pueda distribuir o modificar su tiempo de actividad laboral con el fin de conciliar su vida familiar y laboral, pero siempre por decisión de estos y sin exceder su jornada de la máxima anual y sin que en ningún caso se pueda imponer por el Banco.
Si hemos trabajado en sábado o domingo lo hacemos de forma voluntaria y como tal se debe de pagar o compensar.
Ante cualquier duda o aclaración que surja no dudéis en poneros en contacto con nosotros.

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