lunes, 24 de septiembre de 2012

Texto del Acuerdo para Titularizar y exteriorizar los compromisos de pensiones del Convenio Colectivo

El pasado 14 septiembre se procedió a la firma del Acuerdo Colectivo de transformación y sustitución en Banco Santander S.A. del sistema de complementos de pensión previsto en el XXII Convenio Colectivo de Banca para el personal en activo pre-80.
Nuestro compromiso fue publicarlo cuando estuviera disponible. Esta sección sindical, desde la transparencia que nos caracteriza ofrece a continuación el texto del Acuerdo.
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12 comentarios:

  1. Qué pasaría si el importe total calculado por los actuarios supera el importe provisionado?

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    1. No pasaría nada, se recalcula. No obstante y para la tranquilidad de todos, tener en cuenta a todos y cada uno de los empleados en activo nos remitirán la comunicación de lo que nos han individualizado y que habrá un plazo para corregir los hipotéticos fallos que pudiesen ocurrir.
      Las cifras que se han estado barajando son las que en un principio parecía que debían de ser, realizando un cálculo a "vuela-pluma".
      Hay que tener presente, que aunque el Banco mantenía los fondos internos, estos por ley deben de ser provisionados con el mismo rigor contable que los fondos externos y la misma metodología de cálculo.
      Es por ello que la cifra con la que se está trabajando, no va a resultar ningún problema.

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    2. Y cuáles son esas cifras que dices se has estado barajando. Existe algún cálculo aproximado?

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    3. Es bastante cercana a lo que ha aparecido en la prensa y en este blog ya hemos tratado, alrededor de los 300 millones de euros.

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  2. Lo último que he oido sobre el importe es que la mayor parte de las provisiones se las llevarán los que ocupan cargos en la alta dirección (siempre que tengan antigüedad anterior a 3-1980) pues unos de los criterios para personalizar es la categoría profesional. Es cierto ésto? porque si es así sería vergonzoso.

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  3. Quien te lo haya dicho, una de tres: a) o miente deliberadamente, b) no tiene ni idea de lo que habla o c)tene una empanada mental considerable.
    Ante esto, como administrador de este blog te recomiendo no hacerle caso, pero paralelamente te digo tampoco me lo hagas a mi, sencillamente se trata de leer el Acuerdo y comprobar si en algún sitio pone algo de lo que te han comentado y sacar tus conclusiones.
    Esta Sección Sindical, hasta ahora, es la única que ha publicado el Acuerdo (ver el "banner" de est blog titulado Acuerdos o el "post" de fecha 24 de septiembre de 2012).
    Una vez encontrado el Acuerdo, leer todo, pero sobre todo el Anexo V. Ahí aparece la fórmula que recoge el artículo 36 del convenio, que entre otras contingencias es lo que aquí se externaliza.
    Para las jubilaciones, ni más ni menos que se externaliza e individualiza el P.E. (Porcentaje de enmpresa que recoge el artículo 36 del Convenio Colectivo vigente). Si consultas el Anexo V o el artículo 36 del Convenio Colectivo, verás que la fórmula del PE la componen distintas variables, muy distintas de un empleado a otro, las cuales al final a cada uno de nosotros nos asigna un porcentaje de PE. será en relación a ese porcentaje de empresa (PE) que el banco irá provisionando, para que llegado el hecho causante, en este caso la jubilación, las provisiones del banco junto con las rentabilidad acumulada compondrá la cifra que rescataremos desde el momento de la jubilación.
    Entendemos que el tema pueda resultar confuso o complicado, es por eso que esta Sección Sindical (hasta hoy, la única que lo a hecho)el pasado martes 25 de septiembre realizó una reunión para sus afiliados afectados con el objeto de informar y poder dar respuesta a todas las dudas que se plantearon. En dicha reunión contamos con la presencia privilegiada de nuestro secretario estatal de Previsión Social Juan María Martínez, quien ha estado en la Mesa de Negociación y también defendió ante el Parlamento Europeo la modificación de la ley española que permitía al banco tener fondos internos.
    A más a más, esta Sección Sindical, desde hace muchos años calcula los PE de los afiliados que lo han solicitado (en este blog hay un "banner" para descargar un formulario, rellenarlo y juntamente con la última nómina calculamos el PE, que como hemos dicho es elemento crucial, antes para saber el complemento de pensión y ahora para el cálculo de las provisiones).
    Para finalizar, el banco no es que haya dicho que hay una cantidad para repartir, en absoluto. Lo que hay es unas provisiones que el banco tenía que ir haciendo obligatoriamente por su personal en activo, y lógicamente la suma de las aportaciones suman una cantidad que es sobre la que se está trabajando, una vez contrastada que la cantidad es correcta.
    Pero como ya hemos dicho antes, no nos hagáis caso sino queréis. Toda la plantilla recibirá individualmente una carta con una serie de datos y la cantidad que se le asigna. UGT ofrecerá a todos sus afiliados, que lo requieran, el servicio de comprobación de datos. El banco rectificará los casos donde exista alguna duda.
    Si hay alguien que dude de nosotros,lo tiene muy fácil: coger la carta que reciba, contratar un actuario y que a la vista del acuerdo le digan si lo comunicado es correcto o no.

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  4. Cómo va el proceso de externalización?. No se sabe cuándo se informará a cada partícipe de sus derechos consolidados? se sabe sobre qué cantidsdes aproximadas se estaria trabajando?

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  5. Sigue su proceso, los actuarios están en ello.
    Ante todo tranquilidad, después de esperar tantos y tantos años, no viene de unos meses. Hay que tener presente que el cálculo se efectúa individualizadamente, no hay dos casos iguales y somos más de 4.000 empleados.
    Cantidades aproximadas ni se pueden ni se deben dar hasta que acabe todo, por lo que hemos comentado anteriormente.
    Tengamos un poco de paciencia.

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  6. cuanto cobrais por calcular el p.e. de un trabajador no afiliado

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  7. No cobramos nada. Ponte en contacto con nosotros vía teléfono, correo electrónico o a través del "banner" titulado "Calculamos tu PE" y lo hablamos. En principio no puede recibir el mismo servicio quien es afiliado y quien no lo es. No obstante, como te hemos dicho antes, si estás intersado contacta con nosotros y lo miraremos.

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  8. Me deniegan el dº al plan de pensiones. Aún reuniendo los dos requisitos del art. 36,ingresé en Banca antes del 08 03 1980 y estaba en activo cunado el XXII convenio entró en vigor, pero entre los dos bancos en los q he estado,estuve dos años fuera de la Banca en una empresa de informática para luego volver, me dicen que no porque me exigen que para ser titular del dº al plan de pensiones, la continuidad en empresas bancarias ha de ser ININTERRUMPIDA...donde dice el art. 36 que debe ser ininterrumpida?
    Gracias.

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  9. El Banco todavía no se ha dirigido a nadie.
    Ponte en contacto con nosotros a través de algunos de los teléfonos que aparecen en la cabecera y lo hablamos.

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